31/07/2012
(06:00)
El pasado mes de Septiembre de 2009 renové mi licencia de conducir a-a1 y B y me la renovaron solo por cinco años ,Tengo derecho a la renovación automática por cinco años más, ya que el motivo fue la anterior ley y tener más de 45 años. Tengo 53 y creo que es una discriminación y que en caso de ley mas favorable se debería aplicar de manera retroactiva. Me gustaría saber si tengo derecho a pedir la renovación automática hasta los diez años o debo volver a realizar todos los trámites. Betere Kopp
Efectivamente el nuevo Reglamento General de Conductores, en vigor desde el 8 de diciembre de 2009, establece unos nuevos periodos de vigencia de los permisos de conducir. En el caso de los permisos A y B tendrán un periodo de vigencia de diez años mientras su titular no cumpla los sesenta y cinco años (anteriormente dicho plazo era de cinco años). No obstante, de acuerdo con la disposición transitoria segunda del Real Decreto 818/2009, los nuevos plazos se consignarán en el permiso de conducir con ocasión de la próxima renovación que tendrá que realizar en setiembre de 2014.
Multa por entrar en zona restringida
El pasado mes de marzo recibí una multa por entrar en una de las zonas de circulación restringida de Madrid [en la C/Embajadores, concretamente]. El caso es que me despisté y se me olvidó pagarla en el período voluntario. Tres meses después sigo sin pagarla y no he recibido notificación alguna. ¿Que pasaría si no la pagase? En caso de que la única solución sea pagar, ¿Dónde debería hacerlo? Alberto García
Si no pagaste esa multa en periodo voluntario, el Ayuntamiento de Madrid la enviará a la recaudación ejecutiva para que te la cobre con recargo. Disponen de cuatro años para podértela cobrar. Si quieres que te la cobren sólo con un recargo del 10%, en lugar del 20%,dirígete a la Agencia Tributaria de Madrid y pide una carta de pago con la que podrás abonarla en una entidad bancaria.
Automovilistas Europeos Asociados
(AEA) es una Asociación de Automovilistas sin ánimo de lucro e independiente, creada para facilitar a los conductores españoles la adecuada protección de sus legítimos intereses económicos y sociales, así como la información y asesoramiento precisos sobre cuantos asuntos se relacionan con el automóvil. AEA le puede ayudar en temas relacionados con multas de circulación, conflictos de materia de consumo (reparaciones defectuosas, garantías de talleres, tasación de vehículos, etc), o respecto accidentes y sus consecuencias (responsabilidad en colisiones, indemnizaciones por daños, valoración de lesiones y coberturas de los seguros). Solicite información en www.aeaclub.org, y si lo desea hágase Socio hoy mismo.