Domingo, 9 de junio de 2013

Automovilistas Europeos Asociados (AEA)

CONSULTORIO SOBRE RUEDAS

Retirada de carne por acumulación de puntos sin aviso previo

Automovilistas Europeos Asociados (AEA) 02/10/2012   (06:00)
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El otro día me paró la Guardia Civil por hablar con el móvil y al comprobar mi carné me dijeron que no tenía ya puntos, por lo que me inmovilizaron el coche y me pusieron una denuncia en el juzgado y posteriormente he tenido que ir a juicio por conducir sin carné. Yo estaba conduciendo porque no había recibido ninguna comunicación de haber perdido el carné. ¿Eso puede ocurrir, te pueden paralizar el vehículo y llevarte a juicio sin avisarte de que no tienes carné en vigor? ¿Tengo que esperar al juicio para iniciar la recuperación del carné? Lorenzo Marques.

Estamos en un procedimiento penal por la comisión de un delito contra la seguridad vial. Por tanto la clave de la defensa está en el expediente administrativo llevado a cabo por Tráfico para la declaración de la pérdida de vigencia del permiso de conducir por agotamiento del saldo de puntos. Si en dicho expediente la Administración no puede acreditar que te notificó de manera fehaciente la resolución declarándote la pérdida de vigencia de tu permiso de conducir, te deben archivar la causa y absolverte. En este caso también puedes iniciar un procedimiento de responsabilidad patrimonial contra Tráfico para que te indemnice por los daños que te hayan causado y los gastos en que hayas incurrido. Pero si en el expediente queda acreditado que tuviste conocimiento de que no podías conducir, seguramente te condenarán, por lo que sería conveniente que aceptaras una sentencia de conformidad para acogerte a los beneficios de reducción de la pena en un tercio. En relación con la segunda cuestión sobre la recuperación del permiso, la ley establece que hay esperar un plazo de 6 meses (o tres en el caso de conductores profesionales) desde la declaración de pérdida de vigencia notificada por Tráfico y hacer un curso de sensibilización y reeducación vial.

Prácticas de conducir en un coche normal

¿Es legal realizar prácticas de conducir, en tu propio coche [sin doble mando] con una persona que ya ha aprobado el examen teórico? José García Martín

No, incluso estarías cometiendo un delito de seguridad vial, al igual que el titular del coche como cooperador necesario. La pena que te pueden imponer es la de prisión de tres a seis meses, o multa de 720 € hasta 288.000 €, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
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