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Me preocupan las amistades de mi hijo en las redes, ¿puedo usar sus claves de acceso?
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Me preocupan las amistades de mi hijo en las redes, ¿puedo usar sus claves de acceso?

El miedo a que algún desconocido pueda estar relacionándose con nuestros hijos en internet o que estén siendo víctimas de acoso y lo oculten es una preocupación paternal

Foto: Facebook y Twitter son dos de las redes sociales más populares. (Reuters)
Facebook y Twitter son dos de las redes sociales más populares. (Reuters)

Con motivo de la celebración de su comunión, y pese a que no era esa nuestra idea inicial, regalamos a nuestro hijo de 10 años un teléfono móvil con acceso a internet. Yo me negaba de plano, pero la realidad es que todos sus amigos y compañeros de clase tienen ya teléfono móvil de última generación y se divierten intercambiándose comentarios y fotografías. Nos preguntamos ahora si podemos legalmente vigilar sus conversaciones o si debemos dejar ahora que navegue y hable libremente con quien quiera.

El derecho español consagra en diferentes normas, incluyendo la propia Constitución, la inviolabilidad de las conversaciones. Sin embargo, ningún derecho es absoluto en nuestro ordenamiento jurídico y, en el ámbito de las nuevas tecnologías, han sido varias las ocasiones en que nuestros tribunales han tenido que pronunciarse.

Recientemente, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la validez, como prueba en un juicio, de los datos obtenidos por una madre del perfil abierto por su hija, menor de edad, en Facebook, al que la madre accedió sin su permiso, tras sospechar que la niña pudiera estar siendo víctima de ciberacoso.

La sentencia establecía en ese caso que, aunque estamos ante espacios de privacidad e intimidad del menor, esos derechos a la intimidad y a la inviolabilidad de las comunicaciones, como cualquier otro, pueden verse sometidos a restricciones en aquellos casos en los que se constata la existencia de un interés mayor.

En definitiva, según clarifica el Tribunal Supremo, los padres tienen perfecto derecho a supervisar las conversaciones de sus hijos menores siempre y cuando dicha supervisión esté justificada por la existencia de sospechas relacionadas con una actividad impropia del menor o ante la sospecha de que el menor sea víctima de ciberacoso o conducta similar.

En cualquier caso, si finalmente se encontrasen problemas relacionados con el contenido descubierto en las redes sociales, debemos ponernos en manos de un abogado experto en tecnología desde el principio, para poder trazar una estrategia jurídica que permita preconstituir pruebas de ese contenido falso o injurioso, ya sea vertido mediante comentarios, fotografías o videos.

Será necesario actuar con inmediatez, puesto que existen varias medidas a adoptar, dependiendo del asunto, como la elaboración de un informe técnico por parte de un perito digital, el levantamiento de un acta notarial de los contenidos o realizar las gestiones extrajudiciales y judiciales que fueran necesarias para solucionar el problema.

Si tiene alguna duda o le preocupa algo de lo que se dice de usted o su negocio en internet, llámenos sin compromiso al teléfono 91 509 63 05 para que nuestros expertos en reputación 'online' puedan ayudarle y estudiar su caso.

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Con motivo de la celebración de su comunión, y pese a que no era esa nuestra idea inicial, regalamos a nuestro hijo de 10 años un teléfono móvil con acceso a internet. Yo me negaba de plano, pero la realidad es que todos sus amigos y compañeros de clase tienen ya teléfono móvil de última generación y se divierten intercambiándose comentarios y fotografías. Nos preguntamos ahora si podemos legalmente vigilar sus conversaciones o si debemos dejar ahora que navegue y hable libremente con quien quiera.

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