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Palito de los notarios a Gobierno y Tribunal Supremo
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Alberto Artero

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Palito de los notarios a Gobierno y Tribunal Supremo

Andan los notarios revolucionados estos días.Lo suyo ya no es lo que era ni en términos de facturación ni de reconocimiento social.A algunos no les llega

Andan los notarios revolucionados estos días.

Lo suyo ya no es lo que era ni en términos de facturación ni de reconocimiento social.

A algunos no les llega la camisa al cuello, incapaces como fueron de adaptar su estructura a la nueva realidad económica o como consecuencia de unas inversiones alegres en los días de vino y rosas que han tornado en agujeros negros. El principio de solidaridad corporativa está salvando a algunos de ellos de la ruina.

Buena parte de las críticas que se han realizado a la banca por la comercialización de determinados productos o la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos bancarios afecta colateralmente a su prestigio al sobreentenderse que no cumplieron, como fedatarios públicos, con su deber de advertencia.

Aunque no fuera así, el hecho es que han quedado tocados.

Unan a ello su secular guerra con los registradores y la corriente que aboga por la definitiva liberalización de sus servicios y comprenderán que, razones para el nerviosismo, no les faltan.

Sin embargo, mantienen una clarividencia tremenda respecto a las necesidades de España, tomada como un problema global. Cuestiones a desterrar y reformas a acometer. De hecho, en el pasado ya nos hemos referido a esta lucidez sintética que acompaña algunos de sus escritos corporativos, caso de la educación (Valor Añadido, "Los notarios advierten: no hay sistema educativo en España", 08-06-2009) o la transparencia política (V.A., "Hoy, día clave para la democracia española", 06-11-2012). A todos ellos accedo a través de la revista del Colegio Notarial de Madrid, El Notario del Siglo XXI.

Su última bandera, defendida hasta la saciedad por un servidor en esta columna, es la defensa de la seguridad jurídica como elemento inseparable de la justicia y factor de generación de confianza entre todos los agentes sociales y económicos, nacionales y extranjeros.

De nuevo, su digresión sobre la cuestión es directa y parte editorialmente de una realidad: "Extraña sobremanera la desatención que recibe la seguridad jurídica –siendo como es presupuesto insustituible de la paz social– especialmente por quienes deberían ser sus principales cancerberos, Parlamento y Tribunal Supremo". (El Notario del Siglo XXI, "Reivindicando la Seguridad Jurídica", 15-02-2014).

A partir de ahí se despacha con cada uno de los dos poderes, el legislativo y el judicial.

Respecto al primero, "sorprende la frecuencia con la que se pretenden resolver problemas de gran calado –en último extremo políticos que requerirían planteamientos frontales y ambiciosos– por la vía oblicua de una legislación sectorial, poco coordinada con el sistema (…) sin, por otro lado, acercarse al objetivo final previsto". Aunque su lamento se circunscribe a la propuesta de nuevo Código Mercantil, su juicio sumarísimo podría ser aplicable a lo acontecido en el sector eléctrico, al mercado de las infraestructuras con las radiales o con las sucesivas normas de provisionamiento bancario.

No escatiman tampoco los notarios, al menos los madrileños, piropos hacia la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Cito literalmente: "Se supone que un ordenamiento digno de ese nombre debe contar con interpretaciones seguras debidamente coordinadas con el resto del entramado jurídico e institucional. (…) Sin embargo, en demasiadas ocasiones da la impresión de que se prioriza la resolución (aparentemente) justa del caso contemplado sin la debida reflexión sobre el impacto en el conjunto del sistema de los, a veces, forzados razonamientos utilizados para ello, olvidando que ambas cosas son indistinguibles". Toma del frasco, Carrasco.

¿Han perdido el norte?, ¿están dispuestos los notarios a morir matando? No lo creo.

La censura al Ejecutivo es legítima, a los hechos me remito. La crítica al tribunal superior del ordenamiento español también en la medida en que este llega a conclusiones origen de esta beligerancia contra el órgano judicial como que "un poder general, con facultades expresas para disponer, es nulo por falta de consentimiento en cuanto esas facultades requieren precisar su objeto material de forma determinada". (STS 687/2013 sobre el alcance del poder de disposición en la interpretación de Rodrigo Tena). ¿Cómo? Estos lo del genérico y el específico de la primaria, como que no.

De locos.

No es de extrañar que, como fedatarios de cuanto poder se conceda en España, se echen las manos a la cabeza y saquen la artillería, ¿no creen?

Así son las cosas y así se las estamos contando…

Andan los notarios revolucionados estos días.

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