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Las escuchas de Garzón y la cuenta atrás de su carrera
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Antonio Casado

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Las escuchas de Garzón y la cuenta atrás de su carrera

A instancias de la Fiscalía Anticorrupción, Baltasar Garzón ordenó intervenir las conversaciones entre los jefes de la trama “Gürtel” y sus letrados a sabiendas de que

A instancias de la Fiscalía Anticorrupción, Baltasar Garzón ordenó intervenir las conversaciones entre los jefes de la trama “Gürtel” y sus letrados a sabiendas de que podía estar violando el derecho de defensa. Pero también lo hizo a sabiendas de que el principio tiene dos excepciones: una, en casos de terrorismo (Ley Penitenciaria), y otra, cuando se trata de evitar la comisión de un delito (Jurisprudencia y Ley de Enjuiciamiento Criminal). De hecho mencionó el “derecho de defensa” como límite de las escuchas.

Una simple “coletilla”, según Alberto Jorge Barreiro, el instructor de la causa que se sigue contra Garzón por supuesta prevaricación. Con ese precedente, no es extraño que cunda la impresión de que nos acercamos al fin de la carrera judicial del magistrado que quiso meter en la cárcel a Felipe González (Gal), a José María Aznar (guerra Irak), a Augusto Pinochet…. etc. Te lo dicen en voz baja altas fuentes judiciales: “Aunque puede salir absuelto del caso por las investigaciones del franquismo, lo de las escuchas lo tiene crudo”.

Te lo dicen en voz baja altas fuentes judiciales: “Aunque puede salir absuelto del caso por las investigaciones del franquismo, lo de las escuchas lo tiene crudo”

Los tecnicismos procesales quedan desplazados por la sensación de que el colegio cardenalicio de la Magistratura se la tiene jurada. Por encima de las recusaciones dilatorias de Garzón o la trastienda de las cuestiones previas, que ayer se comieron gran parte de la primera jornada del juicio de las escuchas, no es fácil asumir el frente común (no digo deliberado) del Tribunal Supremo y los responsables de una trama de corrupción contra el juez que investigaba dicha trama.

El supuesto delito de prevaricación -tan grave en un juez como que un capitán de barco no sea el último en abandonar la nave que zozobra- consistió en decretar escuchas carcelarias a sabiendas de que estaba vulnerando el derecho de defensor y defendido a preparar en secreto su estrategia. Según el instructor eso viola garantías constitucionales y resucita abominables métodos propios del franquismo. Se intervinieron las conversaciones de Francisco Correa, Pablo Crespo y Antoine Sánchez, máximos responsables de la trama “Gürtel”. Según Garzón y la Fiscalía, para evitar la comisión de un delito (blanqueo de dinero sucio). Según el instructor y los jefes de la trama (admitidos como acusación privada), fue una intolerable violación del secreto de las comunicaciones.

Estas son las coordenadas del caso. A partir de ahí, la sala segunda del Tribunal Supremo fallará si Garzón es culpable de prevaricación (dictar resolución injusta a sabiendas) o, por el contrario, le motivaba el deber de evitar la comisión de un delito, como sostiene el acusado. No solo el acusado. También la Fiscalía, que apoyó aquellas escuchas y ahora no le acusa de nada. Y, además, el juez del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Antonio Pedreira que, al heredar el caso Gürtel a escala regional, dio por buenas las escuchas al confirmar la orden de Garzón. ¿Será también juzgado por prevaricación el juez Pedreira?

A instancias de la Fiscalía Anticorrupción, Baltasar Garzón ordenó intervenir las conversaciones entre los jefes de la trama “Gürtel” y sus letrados a sabiendas de que podía estar violando el derecho de defensa. Pero también lo hizo a sabiendas de que el principio tiene dos excepciones: una, en casos de terrorismo (Ley Penitenciaria), y otra, cuando se trata de evitar la comisión de un delito (Jurisprudencia y Ley de Enjuiciamiento Criminal). De hecho mencionó el “derecho de defensa” como límite de las escuchas.

Baltasar Garzón