Es noticia
El modelo lingüístico catalán y el Día de la Constitución
  1. España
  2. Al Grano
Antonio Casado

Al Grano

Por

El modelo lingüístico catalán y el Día de la Constitución

Poner a parir al ministro Wert es el deporte nacional, pero las pedradas no razonan. La lapidación política de un ministro no quita ni pone cuando

Poner a parir al ministro Wert es el deporte nacional, pero las pedradas no razonan. La lapidación política de un ministro no quita ni pone cuando se trata de cuestiones de fuero. Y esta lo es, al menos hoy, por respeto al Día de la Constitución. Se la honra glosando su significado, pero sobre todo aplicando la letra y el espíritu del texto constitucional y las sentencias de los altos tribunales. En este caso, respecto a la condición “oficial” del castellano en el ciclo obligatorio de la educación pública en Cataluña, cuando sea reclamada por los ciudadanos como lengua vehicular en la enseñanza de sus hijos.

Ni la ley ni el sentido común permiten ver ahí un ataque a la condición “oficial” del catalán como lengua vehicular de hecho y de derecho, según el vigente modelo de “inmersión”, cuya pieza fundacional es la Ley de Normalización Lingüística, aprobada por unanimidad del Parlament en abril de 1983 (sólo una abstención, la del único diputado entonces del CDS de Adolfo Suárez). El propio Tribunal Constitucional reconoció en 1994 al catalán como “lengua vehicular” y “centro de gravedad” del modelo educativo en Cataluña. Posteriormente, en junio de 2010 (sentencia sobre el Estatut) se ratificó en esa doctrina, añadiendo que la condición de “lengua vehicular” también es predicable del castellano “en tanto que lengua asimismo oficial”.

En todo caso, el presunto “ataque” al modelo de inmersión lingüística catalana no sería de Wert sino del Tribunal Constitucional en la sentencia que anuló algunos artículos del Estatuto de Autonomía por recurso del PP. Y del Supremo, que en 2010 reconocía el derecho de tres familias a que sus hijos sean escolarizados en castellano e instaba a la Generalitat a tomar “las medidas necesarias”¿Alguien puede creerse en serio que la supervivencia del actual modelo educativo, legítimo, justo, necesario, respaldado por el Tribunal Constitucional y perfectamente asumido por la sociedad catalana corre peligro o se va a resentir porque la Generalitat esté legalmente obligada a garantizar también el uso del castellano como lengua vehicular? Hace falta tener muchas ganas de enredar para interpretar la transposición de un mandato constitucional a las leyes educativas autonómicas como ataque a las competencias de las comunidades. ¿O se teme el efecto llamada? Entonces, estaríamos ante otra clase de problemas, y no lo creo. Sería como si quien acude a su puesto de trabajo en un día de huelga, en el uso de su libertad, fuese acusado de estar atacando o poniendo en peligro el derecho de huelga por el posible efecto contagio de su actitud o la de quienes decidieran imitarle.

En todo caso, el presunto “ataque” al modelo de inmersión lingüística catalana (o gallega, o vasca) no sería del ministro de Educación sino del Tribunal Constitucional en la segunda de las sentencias anteriormente citadas (la que anuló algunos artículos del Estatuto de Autonomía por recurso del PP). Y del Tribunal Supremo, que en diciembre de 2010 reconocía el derecho de tres familias a que sus hijos sean escolarizados en castellano e instaba a la Generalitat a tomar “las medidas necesarias de acuerdo con la sentencia del Tribunal Constitucional". Eso es lo que está haciendo el ministro Wert y eso es lo que se niega a hacer la Generalitat. Exactamente eso: tomar las medidas necesarias para aplicar la sentencia. Un atrevimiento intolerable.

Poner a parir al ministro Wert es el deporte nacional, pero las pedradas no razonan. La lapidación política de un ministro no quita ni pone cuando se trata de cuestiones de fuero. Y esta lo es, al menos hoy, por respeto al Día de la Constitución. Se la honra glosando su significado, pero sobre todo aplicando la letra y el espíritu del texto constitucional y las sentencias de los altos tribunales. En este caso, respecto a la condición “oficial” del castellano en el ciclo obligatorio de la educación pública en Cataluña, cuando sea reclamada por los ciudadanos como lengua vehicular en la enseñanza de sus hijos.