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Masivo ADN como respuesta al crimen
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Masivo ADN como respuesta al crimen

Hoy día, muchos casos de terrorismo o de delitos sexuales, por ejemplo, son resueltos a través de la huella genética

Foto: La casa de Alcanar donde se produjo la explosión. (EFE)
La casa de Alcanar donde se produjo la explosión. (EFE)

I. Los atentados de Barcelona han vuelto a poner de manifiesto la importancia de las pruebas de ADN en la investigación criminal. Dicha técnica ha ayudado a identificar a algunas de las víctimas, e igualmente ha sido empleada para conocer quiénes estaban en la casa ilegalmente ocupada de Alcanar cuando se produjo la explosión.

Hoy día, muchos casos de terrorismo o de delitos sexuales, por ejemplo, son resueltos a través de la huella genética. Asegurados vestigios en forma de saliva en una colilla, sangre, cabellos o semen, entre otros, los análisis tienen una eficaz fuerza identificadora.

Pero hay un supuesto no regulado en España, y esa ausencia da lugar a serias incertidumbres. Piénsese en un delito de violación con posterior asesinato, en el que dada la hora y el lugar de comisión se cree que el autor tiene que encontrarse entre los convecinos de una población: si en el cuerpo de la víctima fueron halladas evidencias biológicas —semen, o en sus uñas vestigios de haberse defendido—, es claro que al menos en teoría bastará con un análisis general de los varones de la localidad para lograr capturar al autor. El cotejo, por así decir, está ahí, esperando. Esa tipología se ha producido en diversas ocasiones en países como Francia, Reino Unido o Alemania, y nuevos y futuros casos no son difíciles de imaginar: tras un ataque terrorista, pueden haber sido localizadas huellas genéticas en un vehículo o vivienda, y también puede que haya un grupo amplio de sospechosos, por ejemplo por su supuesta radicalización, a los que pedir —una demostración de solidaridad con las víctimas y hasta de su inocencia, se dirá— que se sometan a un test masivo de ADN.

La cuestión es sumamente controvertida. Uno de los primeros supuestos, pionero en Alemania, aconteció a finales de los ochenta. Tras largas investigaciones que acotaron el círculo de sospechosos, la policía había llegado a la conclusión de que el autor de dos asesinatos con violación, quien había dejado esperma en uno de los cadáveres, podría estar entre un grupo de 92 personas. Tal filtrado se había efectuado basándose en las relaciones de todos ellos con las víctimas, su domicilio, su presencia en las proximidades el día de autos, etc. El completo grupo fue 'invitado' para que 'de forma voluntaria' donase sangre a los efectos del análisis de ADN. Tras la realización de esa masiva rueda, ninguno de los que aceptaron resultó ser el autor, mientras que solo tres personas del grupo habían declinado comparecer. Entonces, se tuvo a estos tres sujetos ausentes como formalmente investigados y se les sometió, ya sí obligadamente, a la prueba de ADN. Tras los análisis, la policía científica descartó a dos y llegó a la conclusión de que el otro era el autor, quien finalmente confesó.

II. La situación en España ha sido de fuerte oposición y escasa praxis. Precisamente este 2017 se cumplen 20 años del caso que dio lugar al primer intento de test masivo: por la violación y asesinato de la joven de 16 años Eva Blanco, en Algete.

Los forenses habían encontrado semen en el cuerpo de la víctima, pero a falta de un sospechoso concreto, los técnicos de laboratorio estuvieron años literalmente paralizados, pese a que las fuerzas policiales estaban convencidas de que, por el 'modus operandi' del crimen, el autor debía ser alguien de la propia localidad. Por ello, en octubre de 1999, dos años y medio después del suceso y sin avances, el alcalde del municipio —por aquel entonces, de 13.480 habitantes— tomó la iniciativa mediante un bando de invitar a unos 5.000 varones empadronados y mayores de 16 años a dar su autorización para someterse a una rueda masiva de ADN. Si de este modo no se podía hallar al culpable sin más —con razón, se partía del supuesto de que no se presentaría—, sí quizás a algún familiar directo que acabase llevando al autor.

En cinco días se recogieron 2.013 autorizaciones de personas que deseaban fungir como voluntarios. El juzgado sin embargo lo denegó: la medida sería desproporcionada. Tras un cierto tiempo, hubo un segundo intento, pero fue tan restrictivo, que tampoco arrojó luz.

Y pasaron años y años, en los que siguieron fracasadas líneas de investigación. Hasta que el Instituto de Ciencias Forenses de la Universidad de Santiago emprendió con novedosa técnica un análisis suplementario de la muestra hallada, y pudo determinar que el perfil genético “correspondía a un varón de origen magrebí”. Era ya 2013, algo más de 15 años después del asesinato. Y de nuevo entró en juego la rueda masiva de ADN, en esta ocasión mucho más discreta. Con el padrón de 1997, las fuerzas policiales comenzaron el cotejo de los norteafricanos residentes en Algete en la época, descartando algunos por edad y otros parámetros. Establecido así nuevo un grupo, contactó uno a uno para invitarles a realizar las pruebas.

En agosto de 2015, después de haber realizado ya unos 90 análisis —según informaron 'a posteriori' los medios—, se obtuvo la ansiada pista: fue encontrado un perfil coincidente en un 97% con la muestra del cadáver, por lo que la persona sometida al test técnicamente no era el autor, pero sí un familiar directo. La Guardia Civil pudo saber que dicha persona tenía dos hermanos; al primero se le invitó también a la rueda de ADN con los mismos resultados: 97% de coincidencia. En octubre de 2015, fue solicitada a Francia la detención del tercer hermano, residente en Algete hasta que precisamente en 1999 se mudó. Realizada la prueba tras la detención, coincidencia plena. Tiempo después, el imputado se suicidó en su celda.

Los medios consultaron a las asociaciones de jueces sobre el primer intento de rueda de ADN, divulgado por el bando, y el rechazo fue unánime; “penalmente descabellada”, “esta prueba no es útil en términos jurídicos”, “ineficaz y desmesurada”, se dijo; sería —señalaron otros— “introducir la cultura de la sospecha”, “no se puede criminalizar a un pueblo, va en contra de la seguridad individual”.

III. Abierto el debate, debe concluirse en primer lugar que no parece lícito compeler forzosamente a completos grupos de personas a ruedas masivas de ADN: las personas a quienes se pretende hacer partícipes del test colectivo no pueden ser tenidas como investigas en sentido técnico, es decir, sobre ellas no recae ni un mínimo principio de indicio: la mera residencia en una localidad determinada, tener un determinado rango de edad, u otros parámetros que pudieran ser utilizados y que en casos de terrorismo por ejemplo no son difíciles de imaginar, no convierten a alguien en sospechoso de un concreto delito. Si contra alguno de los sujetos hubiese realmente indicios, tal persona debía ser imputada sin más, y no haría falta el test masivo. La medida es especulación pura, como lo sería acordar entradas y registros en todas las viviendas de los cientos de personas a quienes se pretende someter al test global de ADN, o como igualmente lo sería pinchar todos sus teléfonos.

Si los que prestan su consentimiento son muchos, esos intervinientes convierten en sospechosos a los que no hayan querido someterse a la rueda

¿Y si el test no es forzoso, sino voluntario? Y es que, a buen seguro que por lo anterior, cuando se quiere recurrir a los test masivos, se suele simplemente ‘invitar’ a la participación de la población en general, sin obligarla a nada; se invoca la voluntariedad: la injerencia en la intimidad de los partícipes sería proporcional, por ser su libre opción. Es más: algunos de los invitados al test lo harán muy gustosamente, bien por solidaridad con la víctima, bien al objeto de ‘probar su inocencia’ ante su círculo de amistades, vecindario, etc.

Pero la piedra de toque de la licitud o no de tales test generales reside en la supuesta ‘voluntariedad’, pues no es tan claro que la anuencia pueda operar sanando las ruedas masivas de ADN. Existe una no disimulada presión social para participar, so pena de convertirse en sospechoso; incluso jurídicamente: si los que prestan su consentimiento son muchos, esos intervinientes convierten en sospechosos a los pocos que no hayan querido someterse a la rueda y, tras ello, se les obliga al test de ADN. La impostada voluntariedad, en suma, puede acabar dejando yermo el terreno propio de la presunción de inocencia.

IV. Atendibles argumentos de oposición los anteriores sin duda, y aun con todo, un rechazo frontal sin mayor debate tampoco parece de recibo, sea al menos porque países de nuestro entorno jurídico sí aceptan esta forma de investigar. Piénsese por ejemplo que, como hemos visto, en muchas ocasiones la primera fase de las ruedas de ADN se produce fuera del proceso; las autorizaciones voluntarias, en el caso de Algete, lo fueron. Pues bien, recientemente, el Tribunal Supremo, en el caso de la lista Falciani, ha establecido que no deben recibir el mismo tratamiento las pruebas obtenidas dentro del proceso y aquellas otras logradas fuera de él, que podrán tener reglas de exclusión más laxas.

Hay que dejar clara la situación jurídica anticipadamente, pues no conviene que, llegado el momento, se actúe de improviso o con precipitación

O también, por citar un nuevo ejemplo de que el rechazo frontal a las ruedas masivas de ADN no es tan obvio, hay que recordar las obligaciones internacionales de España en materia de intercambio de perfiles de ADN: la ley sobre la base de datos de ADN recuerda varias veces “los compromisos internacionales”, dada “la creciente globalización de los delitos” que obligan a “compartir la información disponible”. ¿Qué hacemos, entonces, si Francia u otro país de los que sí practican los test masivos de ADN nos solicitan cesión de datos genéticos en el marco de tales menesteres? ¿Se lo negamos?

V. El debate está ahí y debiera ahondarse jurídicamente en el mismo antes de que se presente un nuevo caso, de asesinato o delito sexual, o novedosamente de terrorismo, en el que para su resolución interese la práctica de un test masivo de ADN. Hay que dejar clara la situación jurídica anticipadamente, pues no conviene que, cuando llegue el momento, se actúe de improviso o con precipitación.

*Javier Sánchez-Vera, catedrático acreditado de Derecho Penal, Universidad Complutense de Madrid. Oliva-Ayala Abogados SLP (OTRI). Doctor en Derecho por la Universidad de Bonn, ha sido 'academic visitor' en la Universidad de Oxford. Seleccionado por Best Lawyers e incluido en la revista 'Corporate Counsel' y otras del Reino Unido y EEUU entre los abogados más relevantes en la especialidad de Derecho Penal en España. Miembro del Consejo Académico de FIDE.

I. Los atentados de Barcelona han vuelto a poner de manifiesto la importancia de las pruebas de ADN en la investigación criminal. Dicha técnica ha ayudado a identificar a algunas de las víctimas, e igualmente ha sido empleada para conocer quiénes estaban en la casa ilegalmente ocupada de Alcanar cuando se produjo la explosión.

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