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El disparate autonómico por bulerías
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Javier Caraballo

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El disparate autonómico por bulerías

La Biblioteca Nacional incurre en una grave invasión de las competencias estatutarias por organizar una exposición sobre flamenco, cuya competencia cae en exclusiva sobre la Junta de Andalucía

Foto: Pieza de la colección 'Patrimonio Flamenco' que se expondrá en la Biblioteca Nacional.
Pieza de la colección 'Patrimonio Flamenco' que se expondrá en la Biblioteca Nacional.

Con la aplicación estricta de las leyes que se aprueban en España, el flamenco tendría que estar todo los días en los tribunales de Justicia. En el Tribunal Constitucional se crearía una sala especial, dedicada exclusivamente a resolver los conflictos competenciales del Flamenco, tanto los nacionales, entre las comunidades autónomas y el Estado, como los internacionales, por las continuas interferencias de otros países en la legislación española. Tendría que ser así pero, por fortuna, el vicio español de aprobar leyes y normas que jamás se cumplen tiene de bueno que determinados disparates legales nunca dan problemas porque, aunque estén aprobados, nadie los cumple y jamás se exigen. Eso es exactamente lo que ocurre con el flamenco, que legalmente es “competencia exclusiva” de la Junta de Andalucía pero por fortuna, desde que se aprobó la norma, nadie le presta atención.

De hecho, se trata de una polémica olvidada que sólo puede volver tangencialmente a la actualidad cuando se anuncia, como en estos días, una gran exposición en la Biblioteca Nacional, con sede en Madrid, sobre el flamenco y alguien repara en aquel artículo que se incluyó en el Estatuto de Andalucía. Con la literalidad del Estatuto de Autonomía, la Biblioteca Nacional está incurriendo en una grave invasión de las competencias estatutarias por organizar, sin permiso ni autorización de la Junta de Andalucía una exposición que lleva por nombre ‘Patrimonio Flamenco’ y que, según reza en la propia página web de la Biblioteca Nacional, “realiza un viaje de 400 años a través de libros, manuscritos, grabaciones, partituras, dibujos y pinturas, fragmentos de cine, fotografías o portadas de discos y carteles”.

Para colmo de intromisiones competenciales, en el detalle de la exposición, que se celebrará desde enero hasta mayo de 2013, los fondos que se expondrán proceden de varias fuentes y ninguna de ellas tiene que ver con la administración andaluza: “Colecciones de la Biblioteca Nacional, del Museo Picasso de Barcelona, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, de La Fundación Cante de las Minas de La Unión y de diferentes colecciones particulares”.

La Biblioteca Nacional incurre en una grave invasión de las competencias estatutarias por organizar una muestra que lleva por nombre ‘Patrimonio Flamenco’

¿Cómo es posible algo así? El Estatuto de Autonomía de Andalucía es contundente al respecto. En el artículo 68.1, dedicado a la Cultura y el Patrimonio, se dice literalmente: “Corresponde asimismo a la Comunidad Autónoma de Andalucía la competencia exclusiva en materia de conocimiento, conservación, investigación, formación, promoción y difusión del flamenco como elemento singular del patrimonio cultural andaluz”. Parece evidente que, si nos atenemos a la literalidad de ese artículo, una exposición como la que anuncia la Biblioteca Nacional invade las competencias exclusivas de la Junta de Andalucía sobre el flamenco, pero como se decía antes, para algunas cosas, es una suerte que en España no se cumplan las leyes, ni siquiera este tipo de leyes que son las de mayor rango constitucional, las leyes orgánicas.

Para lo que sí sirve todo este disparate es para mirar atrás y contemplar las batallas estériles en las que se ha empeñado en el pasado reciente la clase política española, los años perdidos en naderías como la oleada de reformas de los estatutos autonómicos que se emprendió en España a principios del nuevo siglo y que, a la vista de lo ocurrido sólo ha servido para crispar y destartalar aún más el siempre difícil equilibrio territorial de España o para introducir en las leyes algunos absurdos irrealizables, como el mencionado del Estatuto andaluz. Fue, en concreto, durante la segunda legislatura de Aznar en la Moncloa, cuando los entonces barones territoriales del PSOE, esencialmente Manuel Chaves desde Andalucía y Pasqual Maragall desde Cataluña, encontraron en la exigencia de reformas estatutarias un elemento esencial de confrontación y desgaste del Gobierno del Partido Popular. Pusieron en marcha esa maquinaria y, cuando Rodríguez Zapatero llegó a la Moncloa en 2008, se abrieron de par en par las puertas del Estado Autonómico: todas las comunidades autónomas se embarcaron en proyectos parecidos.

De aquella época se conserva una afirmación de Rodríguez Zapatero que explica todo lo que ha venido después. Ante las protestas que surgían por lo disparatado de aquellas reformas, que en muchos casos eran claramente inconstitucionales o a todas luces irrealizables, el entonces presidente Zapatero afirmó: “Las palabras han de estar al servicio de la política y no la política al servicio de las palabras”. Con esa inexplicable e irresponsable laxitud se aprobaban las reformas, leyes orgánicas, que cuando, como en el caso catalán, las recortó el Tribunal Constitucional provocó un problema mucho mayor del que existía originalmente. Como dijo uno de los magistrados que intervino en aquella sentencia, el cordobés Manuel Aragón: “El grave error fue la reforma estatutaria, no la sentencia. Cuando la Constitución no se cumple no vienen más que males”.

Para lo que sirve todo este disparate es para mirar atrás y contemplar las batallas estériles en las que se ha empeñado en el pasado reciente la clase política

Más de una década ha pasado ya de aquella oleada de reformas estatutarias en toda España y ahí siguen, en el articulado de los Estatutos, todos aquellos excesos, como testigos mudos de lo mucho que se destruye en España por la incapacidad de la clase política y el conformismo de los pueblos. Una década que, en el caso andaluz, abarca desde Bibiana Aído, que era directora de flamenco de Andalucía, hasta Susana Díaz, que ha llegado hasta la presidencia andaluza. De la competencia exclusiva del Flamenco que el Estatuto andaluz le otorga a la Junta de Andalucía hay un concepto que, por muchas vueltas que se le dé, nunca se le encuentra explicación: Pongamos que se puede regular la conservación, la investigación, la formación, la promoción y la difusión de un arte, pero ¿qué querrá decir que el “conocimiento” del flamenco es una competencia que le pertenece “en exclusiva” a la Junta de Andalucía? Nunca lo he sabido…

Con la aplicación estricta de las leyes que se aprueban en España, el flamenco tendría que estar todo los días en los tribunales de Justicia. En el Tribunal Constitucional se crearía una sala especial, dedicada exclusivamente a resolver los conflictos competenciales del Flamenco, tanto los nacionales, entre las comunidades autónomas y el Estado, como los internacionales, por las continuas interferencias de otros países en la legislación española. Tendría que ser así pero, por fortuna, el vicio español de aprobar leyes y normas que jamás se cumplen tiene de bueno que determinados disparates legales nunca dan problemas porque, aunque estén aprobados, nadie los cumple y jamás se exigen. Eso es exactamente lo que ocurre con el flamenco, que legalmente es “competencia exclusiva” de la Junta de Andalucía pero por fortuna, desde que se aprobó la norma, nadie le presta atención.

Manuel Chaves