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El juez constata que la Infanta y su secretario ignoraron al Rey y le desafiaron
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José Antonio Zarzalejos

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El juez constata que la Infanta y su secretario ignoraron al Rey y le desafiaron

La lectura de los dieciocho folios que componen el auto de imputación de la infanta Cristina por “cooperación necesaria” con los delitos “supuestamente cometidos” por su

La lectura de los dieciocho folios que componen el auto de imputación de la infanta Cristina por “cooperación necesaria” con los delitos “supuestamente cometidos” por su marido y Diego Torres, o “cuando menos por complicidad” con ellos, deja una gravísima percepción: el Rey y su asesor jurídico, José Manuel Romero Moreno, conde de Fontao, fueron ninguneados por la Duquesa de Palma e, incluso, por Carlos García Revenga, secretario de las Infantas. De tal manera que la resolución dictada por el juez Castro arroja serias dudas sobre el énfasis de las admoniciones del Rey hacia su yerno y sobre el grado de comunicación entre don Juan Carlos y su hija.

De ahí que la imputación de doña Cristina se produzca, al igual que la de su secretario, por haberse prestado, a sabiendas, a figurar aquella como Infanta y este como cargo de la Casa del Rey para “aparentar ante empresas privadas e instituciones públicas que todas las operaciones” que abordaba Nóos “eran conocidas y gozaban del respaldo de la Casa de S. M. el Rey, y ello se conjugaba a la perfección con que los Convenios del Illes Balears Forum se gestaran en el Palacio de Marivent de Palma (…) y los de Valencia Summit lo fueran en el Palacio de la Zarzuela” dato este que el instructor no da por confirmado. Castro colige que la Infanta y García Revenga “prestaron su consentimiento a que se usaran sus nombres, tratamiento y cargo e, incluso, aquella (la Infanta) a ser copartícipe de la entidad mercantil Aizoon SL (…)”.

Sin embargo, estos datos –muy obvios— no son los que inclinan al juez Castro a imputar a la hija del Rey, sino el surgimiento de “una serie de indicios que hacen dudar” de que la Infanta “desconociera la aplicación que su esposo diera a su mención como vocal” de Nóos, aspecto este que el instructor quiere despejar mediante la declaración como imputada de doña Cristina. Porque –y es aquí donde el juez muestra una suerte de perplejidad— “deviene sin sentido que doña Cristina de Borbón y su marido no se cuestionaran” que García Revenga no informase al Rey de su participación en Nóos y “no se acaba de entender que su hija (doña Cristina), con un conocimiento mucho más real y directo y con el asesoramiento compartido de don Luis Carlos García Revenga, no llegara a enterarse, y de propia iniciativa no hubiera decidido desvincularse formal y efectivamente” de Nóos. Aunque el instructor duda “del exacto contenido de la recomendación que supuestamente el Rey transmitiera a su yerno (…) es lo cierto que todas (las versiones) tienen en común un reproche hacia las actividades de aquél (…) y una 'insinuación' (las comillas son del propio auto) de apartamiento de los órganos de gobierno” de Nóos.

El auto presenta al Rey con su autoridad y constata la inverosimilitud de que padre e hija no se comunicasen fluidamente en una tesitura tan grave.    

Pero la perplejidad del juez continúa: “No se acaba de entender que S.M. el Rey no comentara con su hija las críticas o recomendaciones que había hecho llegar o proyectaba hacer a su marido e, incluso, consensuara con ella su alcance y el compromiso, expreso o tácito, de que de alguna manera velara por su cumplimiento, lo que debería haber llevado a doña Cristina Federica de Borbón y Grecia a la conclusión de que las recomendaciones de su padre no se estaban siguiendo y cuestionar al respecto la actitud de su marido”.

Estas circunstancias, más el hecho de que doña Cristina fuese copropietaria de Aizoon S.L. –sociedad receptora de fondos captados por Nóos--, firmase sus cuentas y cargase gastos contra las de esta sociedad, así como que determinados correos aportados a los autos por Diego Torres demuestren que Urdangarin consultaba a su esposa alguna gestiones de orden financiero, conducen a José Castro a una imputación de oficio de la Infanta que será recurrida por el fiscal ante la Audiencia Provincial de Palma. Si la resolución es confirmada, doña Cristina no podrá acogerse a privilegio alguno y deberá comparecer en el Juzgado de Instrucción nº 3 de la capital balear el próximo 27 de abril, sábado, hacerlo asistida de letrado (artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal) y someterse al interrogatorio de las partes y del propio juez porque sólo si hubiese sido convocada como testigo habría podido acogerse al artículo 412 de la ley procesal penal para contestar las preguntas por escrito. La hija del Rey –al igual que el Príncipe de Asturias— carece de aforamiento y, por lo tanto, si finalmente se sienta en el banquillo, será juzgada con los demás imputados, bien por el Juzgado de lo Penal si los delitos que se les imputan no tienen penas superiores a cinco años, bien por la Audiencia de Palma si la sanción prevista superase los cinco años de privación de libertad.

La situación que creó ayer el auto de imputación del juez José Castro, además de inédita en la historia de la Monarquía española, descoloca a la Casa del Rey: “Sorpresa y absoluta conformidad con el recurso” de la Fiscalía, fue la nota oficial de una Casa que descontaba el enjuiciamiento del yerno de don Juan Carlos, pero descartaba que la Infanta pudiese ser imputada. De hecho, el entorno del Rey daba por prácticamente cerrada la instrucción del caso –y el juez confirma que la imputación de doña Cristina podría poner punto final a su instrucción, que no quiere “se cierre en falso”— y salvada la posición de la Duquesa de Palma, a la que se le ha venido reprochando insistentemente su irresponsabilidad respecto de la Corona. Se requería de la Infanta un cortafuego para salvaguardar a la institución, bien mediante una separación matrimonial y posterior divorcio, bien –lo que era más factible—mediante la renuncia a sus derechos dinásticos en el orden sucesorio. Ahora es tarde para recomponer su posición. Por el contrario, el auto de José Castro, además de afearle su conducta, presenta al Rey con su autoridad comprometida –no sólo ante su hija, también ante García Revenga—y constata la inverosimilitud de que padre e hija no se comunicasen fluidamente en una tesitura tan grave. De tal forma que la resolución judicial no sólo arroja la viva sospecha de que la Infanta pudo colaborar necesariamente o ser cómplice de los delitos de su marido, sino que pone en cuestión el funcionamiento de la Casa del Rey y las relaciones de este con su familia. Un destrozo total desde el punto de vista institucional que agrava la crisis de la institución monárquica.

La lectura de los dieciocho folios que componen el auto de imputación de la infanta Cristina por “cooperación necesaria” con los delitos “supuestamente cometidos” por su marido y Diego Torres, o “cuando menos por complicidad” con ellos, deja una gravísima percepción: el Rey y su asesor jurídico, José Manuel Romero Moreno, conde de Fontao, fueron ninguneados por la Duquesa de Palma e, incluso, por Carlos García Revenga, secretario de las Infantas. De tal manera que la resolución dictada por el juez Castro arroja serias dudas sobre el énfasis de las admoniciones del Rey hacia su yerno y sobre el grado de comunicación entre don Juan Carlos y su hija.