Es noticia
Un 'paseíllo' infamante para Doña Cristina
  1. España
  2. Notebook
José Antonio Zarzalejos

Notebook

Por

Un 'paseíllo' infamante para Doña Cristina

Una vez aclarado que ni la defensa, ni el fiscal, ni la abogacía del Estado recurrirán el auto de imputación de la Infanta en el caso

Una vez aclarado que ni la defensa, ni el fiscal, ni la abogacía del Estado recurrirán el auto de imputación de la Infanta en el caso Nóos y acordada su declaración por el juez Castro para el 8 de febrero, acontece ahora la polémica sobre si la hija menor del Rey deberá, o no, hacer el llamado ‘paseíllo’ por la rampa que conduce a la entrada de los juzgados de Palma de Mallorca. La cuestión no es menor porque en ese trayecto se apostarán, si lo recorre Doña Cristina como lo hizo su marido, no menos de un par de centenares de periodistas y gráficos y, en los alrededores, una previsible multitud que, en el mejor de los casos, se dividirá entre los que den palmas y los que silben.

De modo que difícilmente no se tratará de un tránsito infamante, es decir, que afectará a la honra de la Infanta que sólo por serlo –séptima en el orden dinástico– no será tratada como cualquier otro ciudadano que acudiría ante el órgano judicial sin increpaciones, improperios, preguntas, acosos y curiosidades. Por esa razón, entre otras, si el ‘paseíllo’ es evitable, debería evitarse.

En ese recorrido hasta el acceso al juzgado de Palma se agazapa un contenido visual y sonoro de gravísimas consecuencias de distinto orden y de ámbito internacional. Ofrecería la fotografía en un número incontable de medios escritos, la imagen en otro tanto número incalculable de televisiones y el relato en otro sinnúmero de radios. Doña Cristina es la hija del Rey, miembro, pues, de la Familia Real, sigue situada en el lugar que le corresponde en la sucesión de la Corona, circunstancias todas ellas de las que su marido, y quizás ella, se valieron incurriendo, tal vez, en ilícitos penales.

Pero sus conductas están previstas en el Código Penal si la Audiencia Provincial, en el caso de que se celebre juicio oral contra uno o contra ambos y los demás imputados, considera que son delictivas. En ninguna parte está escrito que la Infanta –tampoco su marido, pero la diferencia de relevancias personales e institucionales es manifiesta– deba someterse a la pena accesoria de un voyeurismo político que, con seguridad, le será hostil.

Si estamos reclamando un trato igual para todos, la hija del Rey no tendría que soportar lo que otros ciudadanos no tienen que padecer

Llama la atención la doble vara de medir de determinados políticos –de UPyD y del PNV, entre otros– que vinieron ayer a reclamar con ciertos eufemismos que Doña Cristina haga ese infamante ‘paseíllo’. Y llama la atención porque quienes piden esa pena accesoria para la Infanta disponen de aforamientos (que son constitucionales pero irritantemente desiguales) y de privilegios procesales como declarar por escrito (que no son constitucionales y representan un abuso), que los privilegian notoriamente.

El hecho de que su condición sea la de representantes populares debería inclinarles mucho más a la sobriedad que a la espectacularidad. Lo importante es que se depuren las responsabilidades criminales de Doña Cristina si las hubiere o que, en caso contrario, quede libre de sospecha. Lo esencial es que se haga justicia de manera más serena e igual, a la que es acreedor todo ciudadano de un Estado de Derecho. Lo accesorio –aunque me temo que devendrá en cuestión de fondo– pero no inocuo es el cómo accederá la hija del Rey a comparecer ante el juez.

Corresponde al Ministerio del Interior, y en alguna medida también al decanato de los juzgados de Palma, determinar el modo en que Doña Cristina deba llegar a la sede judicial. Hay precedentes para todos los gustos, pero parece evidente que si estamos reclamando un trato igual para todos, la hija del Rey no tendría que soportar lo que otros ciudadanos no tienen que padecer, de modo que arbitrar un modo discreto de acceso de la Infanta al juzgado debería considerarse prudentemente.

En España la llamada pena de telediario está asumida como un impacto irremediable en la reputación de un encausado con dimensión pública. Otros países son mucho más cuidadosos con estos aspectos

En España la llamada pena de telediario está asumida como un impacto irremediable en la reputación de un encausado con dimensión pública. Otros países son mucho más cuidadosos con estos aspectos. Cuando Francisco Javier López Peña, alias Thierry, dirigente de la banda terrorista ETA, fue detenido en Francia en mayo de 2008, los medios españoles recibieron en sus redacciones la imagen del delincuente con sus muñecas pixeladas para evitar visualizar las esposas. Y también en Francia el tratamiento policial y judicial a Strauss-Kahn, en mayo de 2011, en los Estados Unidos –esposado con las manos a la espalda– indignó a sus compatriotas. Los periódicos galos eludieron esa imagen de forma prácticamente unánime. Desde el año 2000 y a instancias de la ministra Elisabeth Guigou, titular de Justicia, la Asamblea Nacional dictó una ley que prohíbe la exhibición pública de personas esposadas y no condenadas.

Salvando todas las distancias, la protección de la parte de privacidad que todavía le reste a una persona tan pública como la Infanta Doña Cristina –y a otras que se encuentren en parecidas circunstancias– debería ser amparada por los poderes públicos y, muy en particular, por los órganos jurisdiccionales, de instrucción o de enjuiciamiento, ante los que deban someterse y comparecer.

Doy por supuesto que esta tesis no tendrá ni un ápice de aceptación porque vivimos tiempos revueltos, tiempos de implacabilidad, tiempos en los que existe la sensación –tantas veces cierta– de que la justicia ha sido eludida por los más poderosos. Pero aun así, y a despecho de imprecaciones, hay que seguir reclamando que la justicia no se aderece de dosis innecesarias de infamia, voyeurismo político malsano o de furia colectiva.

Una vez aclarado que ni la defensa, ni el fiscal, ni la abogacía del Estado recurrirán el auto de imputación de la Infanta en el caso Nóos y acordada su declaración por el juez Castro para el 8 de febrero, acontece ahora la polémica sobre si la hija menor del Rey deberá, o no, hacer el llamado ‘paseíllo’ por la rampa que conduce a la entrada de los juzgados de Palma de Mallorca. La cuestión no es menor porque en ese trayecto se apostarán, si lo recorre Doña Cristina como lo hizo su marido, no menos de un par de centenares de periodistas y gráficos y, en los alrededores, una previsible multitud que, en el mejor de los casos, se dividirá entre los que den palmas y los que silben.

Caso Nóos Infanta Cristina Iñaki Urdangarin