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Lo inconstitucional son los cinco millones de parados
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Irene Lozano

Palabras en el Quicio

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Lo inconstitucional son los cinco millones de parados

Como muchos problemas en España, el de la regulación del mercado laboral tiene su origen en una gigantesca ficción. Cuando se habla de instrumentos de protección

Como muchos problemas en España, el de la regulación del mercado laboral tiene su origen en una gigantesca ficción. Cuando se habla de instrumentos de protección para los trabajadores, como la causalidad del despido, la tutela judicial o la indemnización, se habla de un mundo cada vez más achicado, que es el de la gente que fue contratada hace tiempo y de forma indefinida. En el mundo real, el 93% de los contratos que se firman son temporales, con su indemnización exigua, su extinción automática y sin otra causa de despido que una: se acabó.  

El contrato temporal está duramente sancionado, aunque estas sanciones no se aplican, porque forman parte de la fantasmagoría. Se han hecho ya varias reformas laborales encaminadas a acabar con la dualidad del mercado de trabajo pero, ficción sobre ficción, sólo han conseguido acentuarla. En cuanto a la causalidad del despido, recordemos que no es necesaria ni para rescindir contratos indefinidos: en el año 2002 se modificó la ley y desde entonces basta que el empresario reconozca la improcedencia del despido para que lo lleve a cabo. Después consigna la indemnización de 45 días y arreglado. Se puede discutir si sale caro o barato, pero causal no es.

El martes en el Congreso, la ministra de Empleo, Fátima Báñez, afirmó que el contrato único es inconstitucional. Y así descubrimos que no aplica al mercado laboral aquellas palabras magistrales de Virginia Woolf: “Si era una ilusión, ¿por qué no celebrar la catástrofe, fuese cual fuese, que destruyó la ilusión y puso la verdad en su lugar?”. Si la desesperación de millones de parados pone la verdad en su lugar, ¿por qué no reconocerlo? ¿Por qué seguir aferrándonos a palabras y leyes que han quedado vacías de contenido por la vía de los hechos?

Si la desesperación de millones de parados pone la verdad en su lugar, ¿por qué no reconocerlo? ¿Por qué seguir aferrándonos a palabras y leyes que han quedado vacías de contenido por la vía de los hechos?

Se suele afirmar que la existencia de dos tipos de contrato indefinido –el actual y el contrato único- violaría el principio de igualdad consagrado en la Constitución. ¿Pero no existen ya contratos indefinidos de 33 y de 45 días, sin que hayan temblado los principios constitucionales?

El segundo argumento de supuesta inconstitucionalidad se refiere a la tutela judicial efectiva, pues se presume que se perdería al desaparecer el despido por causas empresariales. Lo que sucede en la actualidad es que este tipo de despidos –relacionados con la mala situación de la empresa- están supervisados estrechamente por los jueces. Tanto que los empresarios apenas recurren a esta figura y prefieren la vía rápida del despido improcedente, creando otra nueva ficción. De hecho, en 2008 los despidos por razones empresariales más los colectivos sumaron el 13% (frente a un 54% de despidos debidos a la no renovación de contratos temporales y un 33% tramitados por la ley de 2002). Sólo ese 13% son causales y supervisados por los jueces. El contrato único extendería la tutela judicial efectiva a todos los trabajadores, incluidos los ahora temporales.

En todo caso, al desaparecer las razones empresariales como causa de despido en el contrato único, se podría introducir en el Estatuto de los Trabajadores la necesidad de reconocer la improcedencia del despido por parte del empresario para que éste no tenga que motivarlo, como figura en la actual ley vigente, la mencionada del año 2002. Si es inconstitucional, también lo es la ley en vigor; y si no, tampoco lo será el contrato único.

Lo que sin ninguna ambigüedad reconoce la Constitución (artículo 35) es que “todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo”. Así que cada día 5,3 millones de parados vulneran la Constitución desde que se levantan hasta que se acuestan. La realidad misma es inconstitucional. ¿Qué van a hacer, señora ministra, cambiarla o seguir fingiendo que no existe?

Como muchos problemas en España, el de la regulación del mercado laboral tiene su origen en una gigantesca ficción. Cuando se habla de instrumentos de protección para los trabajadores, como la causalidad del despido, la tutela judicial o la indemnización, se habla de un mundo cada vez más achicado, que es el de la gente que fue contratada hace tiempo y de forma indefinida. En el mundo real, el 93% de los contratos que se firman son temporales, con su indemnización exigua, su extinción automática y sin otra causa de despido que una: se acabó.