Es noticia
Reforma laboral: una vía para seguir avanzando
  1. España
  2. Tribuna
El Confidencial

Tribuna

Por

Reforma laboral: una vía para seguir avanzando

A la espera de la concreción de las medidas de reforma laboral anunciadas por el Gobierno en el Decreto-Ley que habrá de ver la luz en

A la espera de la concreción de las medidas de reforma laboral anunciadas por el Gobierno en el Decreto-Ley que habrá de ver la luz en los próximos días, algunos puntos clave merecen destacarse. Primero, los positivos que, en su conjunto, en mi opinión, prevalecen sobre los negativos.

Ante todo, la preferencia de los convenios de empresa sobre los sectoriales es una medida importante y, si se consagra sin matices ni condicionamientos que la desfiguren, valiente. En segundo lugar, el comienzo del fin de la ultraactividad de los convenios colectivos, verdadera rémora para la modernización de nuestra negociación colectiva. En este punto, sin embargo, el plazo de dos años que se establece para la terminación de la aplicabilidad del convenio tras su pérdida de vigencia es excesivo. En determinadas circunstancias, y para determinadas empresas, dos años representan el largo plazo. En tercer lugar, la apuesta por una clasificación profesional basada en grupos, ya presente en muchos convenios, con la desaparición definitiva de las viejas categorías profesionales, facilitará la movilidad funcional y la polivalencia en las empresas, con la consiguiente mayor flexibilidad.

Las medidas referentes al despido son, en mi opinión, moderadas. La generalización de la indemnización de 33 días de salario por año de servicio para el despido improcedente es difícilmente objetable, aunque lo más importante es el tope indemnizatorio, que pasa de 42 a 24 mensualidades

En cuarto lugar, el retroceso de la intervención administrativa, tanto en supuestos de suspensión de contratos y reducción de jornada como, sobre todo, en casos de despidos colectivos, dotará a nuestras relaciones laborales de mayor libertad y mayor racionalidad. Por último, la apuesta por la formación y por la empleabilidad de los trabajadores debe rendir también frutos positivos.

Pero puntos negativos o dudosos también existen. Sobre todo, dos: el restablecimiento de la prohibición de encadenamiento de contratos temporales, que parece una medida acertada pero que hubiera exigido revisar los términos de su regulación legislativa que, sin modificaciones, va a generar numerosos problemas interpretativos y a penalizar el uso, justificado, de la contratación temporal. Y el mantenimiento, al parecer sin cambios, del control judicial de las decisiones económicas del empresario, que puede afectar a la seguridad de los procedimientos de regulación de empleo y a la pretendida normalización de los despidos individuales por circunstancias objetivas.

Las medidas referentes al despido son, en mi opinión, moderadas. La generalización de la indemnización de 33 días de salario por año de servicio para el despido improcedente es difícilmente objetable, aunque lo más importante es el tope indemnizatorio, que pasa de 42 a 24 mensualidades. La obligatoriedad de las medidas formativas en caso de modificaciones técnicas del puesto de trabajo y el impulso a las recolocaciones son factores importantes de defensa de la empleabilidad, y compensan, por así decirlo, el endurecimiento del tratamiento disciplinario del absentismo.

En lo restante, pasos positivos, pero tareas pendientes: la redefinición del papel de las empresas de trabajo temporal, el cambio global del marco de la negociación colectiva y la racionalización del panorama de las modalidades de contratación.

*Federico Durán López es Catedrático de Derecho del Trabajo y socio de Garrigues.

A la espera de la concreción de las medidas de reforma laboral anunciadas por el Gobierno en el Decreto-Ley que habrá de ver la luz en los próximos días, algunos puntos clave merecen destacarse. Primero, los positivos que, en su conjunto, en mi opinión, prevalecen sobre los negativos.