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Dedíquele tiempo a los documentos importantes de su vida
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Dedíquele tiempo a los documentos importantes de su vida

Junto a los más de seis millones de personas que cada año acuden a las notarías, en los últimos días y semanas hemos visto que también

Junto a los más de seis millones de personas que cada año acuden a las notarías, en los últimos días y semanas hemos visto que también han necesitado del notario otros ciudadanos cuyas caras, nombres y apellidos conocemos todos y que han saltado a los medios de comunicación por diversas razones. El hecho de que todos ellos hayan requerido de nuestra intervención viene a demostrar que las funciones de un notario son más diversas de lo que generalmente se piensa. Los notarios somos funcionarios públicos del Estado, asesores imparciales con una altísima cualificación en Derecho privado que garantizamos a los ciudadanos la seguridad jurídica preventiva que necesitan en sus relaciones particulares, ya pertenezcan estas al ámbito personal, contractual, familiar o empresarial.

¿Existe un común denominador? Sí. Todos consideran que se trata de los asuntos más importantes  de su vida, como puede ser comprar una casa, hacer un testamento, constituir una empresa, emancipar a un hijo, otorgar un poder, etcétera; acciones que los ciudadanos realizan muy pocas veces en la vida (de hecho, muchas personas, una única vez). Hacerlas o no dentro de un sistema de seguridad jurídica preventiva tendrá como consecuencia vivir con tranquilidad o con preocupación.

Otra línea de trabajo habitual es la redacción de las escrituras de capitulaciones matrimoniales. En todos los casos en los que he participado hay algo que las hace únicas: las personas, por supuesto, pero también las circunstancias de cada una de ellas y las influencias y consejos externos. El notario debe estar atento porque todo lo que se recoge en el documento público debe cumplir escrupulosamente la ley.

Es imprescindible que el ciudadano se tome con el máximo interés aquellos documentos que son esenciales. Debe acudir con anterioridad a la notaría para examinar con tiempo la escritura pública. Puede hacerlo tres días antes de la fecha fijada para la firma y tiene la potestad de sugerir las modificaciones que consideren oportunasEl año pasado se firmaron en España más de 42.000 capitulaciones matrimoniales de las que más de 37.000 fueron de separación de bienes, y aunque la experiencia es elevada, hoy todavía me sorprende lo complejo que es adecuar las necesidades de muchas parejas a la legalidad. Parejas de todas las condiciones sociales, religiosas y económicas. Conviene aquí aclarar que no sólo las personas de nivel económico alto requieren este tipo de escritura, sino que el espectro social se amplía cada vez más.

El importante número de documentos que manejamos podría hacer pensar que redactar una escritura pública responde a una plantilla oficial similar para todos los casos y que las rellenamos en serie. Nada más lejos de la realidad. El notario escucha al cliente, adecúa el documento a las leyes, identifica a las partes, asegura la capacidad y la legitimidad de los que firman, redacta y revisa el contrato, se asegura de la situación de las cargas, analiza los aspectos fiscales, da fe de todo su contenido y lo firma junto con los intervinientes.

El mito de cobrar sólo por firmar

El trabajo de nuestro día a día es diverso, complejo y completo, con una gran dedicación previa. Firmar no consume tiempo, realizar el documento, sí. Y diciendo esto me viene a la mente la fama injustificada de que los notarios sólo cobramos por firmar. Es nuestra responsabilidad no haberlo explicado bien y a tiempo. Confío en que más pronto que tarde podamos ir cambiando esa percepción.

Por eso, porque conocemos nuestro trabajo y la importancia que tiene para la vida de las personas, los notarios consideramos que es conveniente, yo diría que imprescindible, que el ciudadano se tome con el máximo interés aquellos documentos que son esenciales para su tranquilidad. Por tanto, es muy importante que acuda con anterioridad a la notaría para leer y examinar con tiempo la escritura pública. Puede hacerlo tres días antes de la fecha fijada para el acto de firma y tiene la potestad de sugerir las modificaciones que consideren oportunas si no responde a lo que deseaban pactar. Consulte con el notario sus dudas, déjese aconsejar y dedíquele tiempo a los documentos importantes de su vida.

*Joan Carles Ollé Favaré es vicepresidente del Consejo General del Notariado.

Junto a los más de seis millones de personas que cada año acuden a las notarías, en los últimos días y semanas hemos visto que también han necesitado del notario otros ciudadanos cuyas caras, nombres y apellidos conocemos todos y que han saltado a los medios de comunicación por diversas razones. El hecho de que todos ellos hayan requerido de nuestra intervención viene a demostrar que las funciones de un notario son más diversas de lo que generalmente se piensa. Los notarios somos funcionarios públicos del Estado, asesores imparciales con una altísima cualificación en Derecho privado que garantizamos a los ciudadanos la seguridad jurídica preventiva que necesitan en sus relaciones particulares, ya pertenezcan estas al ámbito personal, contractual, familiar o empresarial.