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El Supremo contra las multas en diferido
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Carlos Cancela

El Supremo contra las multas en diferido

El ayuntamiento de Madrid se ha visto obligado por una sentencia del Tribunal Supremo a eliminar de su ordenanza un artículo que permitía las multas en

El ayuntamiento de Madrid se ha visto obligado por una sentencia del Tribunal Supremo a eliminar de su ordenanza un artículo que permitía las multas en diferido. Lo más curioso es que exactamente el mismo enunciado de la ordenanza retirada por el Alto Tribunal está incluido en la nueva Ley de Tráfico y por ello desde el pasado mes de junio ya es legal este tipo de sanciones.

Las multas en diferido son las que se imponen sin parar al sancionado, pero que se ponen sin ningún tipo de prueba salvo la palabra del agente. Por ejemplo, no son multas en diferido las que se captan mediante una cámara de fotos o con un radar o algo parecido. Las multas en diferido son aquellas en las que el agente apunta la matrícula y cuando luego llega a su oficina rellena las denuncias. Por ejemplo, multas por hablar por el móvil, por saltarse un semáforo o por cambiarse de carril sin poner el intermitente, por no parar en un paso de cebra o por tantas y tantas cosas.

Hasta ahora la ley obligaba, salvo algunos casos muy concretos, a detener al conductor y hacerle la correspondiente denuncia. De esta forma el infractor, ante todo, tenía la reprimenda del agente y se daba cuenta de su error. Y la siguiente vez no lo hará, o al menos intentará no hacerlo, que es el objetivo principal de una sanción.

En el caso de las multas en diferido no hay ese arrepentimiento porque ni si quiera se sabe lo que se ha hecho mal, y lo único que hay que hacer es pagar una multa, pero sin saber ni por qué se le sanciona a uno, ni siquiera si realmente uno estaba en ese lugar y a esa hora. Al agente, por la presunción de veracidad que le otorgan las leyes, se le considera casi como un dios, que no se puede equivocar al apuntar la matrícula, por ejemplo.

Según Automovilistas Europeos Asociados, la asociación de ayuda de los conductores que ha llevado ante el Supremo este caso, hay 600.000 denuncias impuestas por el ayuntamiento de Madrid que son ilegales tras la sentencia del Supremo. Todas y cada una de esas denuncias pueden ser recurridas ahora, incluso una vez pagadas, para solicitar su devolución.

Las multas en diferido son la manera más clara de pisotear los derechos de los conductores. Y lo serían igual para el resto de ciudadanos, pero es que a un peatón que va por la calle y tira un cigarro o un papel al suelo, al que fuma cuando está en un lugar cerrado o al que pega un puñetazo a otra persona, mientras no le paren y le pidan su identificación, no le pueden hacer absolutamente nada.

Pero el conductor es el que paga siempre todos los platos rotos, porque lleva una matrícula detrás, y eso es lo mismo que si llevara su tarjeta de crédito en la mano. A partir de ahora, o mejor desde junio pasado con la nueva Ley de Tráfico, ya es legal la multa en diferido en toda España. Y eso significa que desde ahora nos van a poder multar por cualquier cosa. Y cuando digo cualquier cosa es literalmente eso.

Imagine que va por la calle conduciendo y ve a una chica, o un chico según el caso, muy guapo. Si un guardia nos ve mirar a ese guapo o guapa y tiene su cuadernito en la mano, apuntará nuestra matrícula y al cabo de unos meses, 200 euros por distracción con grave peligro para la circulación. Cuando la policía pone un radar en una calle de Madrid, desde ahora los policías ya tienen legalmente un doble trabajo: por un lado un agente está con el equipo de radar haciendo fotos del que supera el límite y el otro se pone enfrente y a cualquiera que mire el radar le multa por distracción. Hace un par de meses la policía municipal de un pueblo gallego impuso más de diez multas a personas que miraban el radar puesto en mitad del pueblo, por distracciones al volante.

Pues con la aprobación de la nueva Ley de Tráfico esto ya va a ser el día a día de los conductores. Cualquier propietario de un vehículo estará sujeto a que le llegue una multa de un ayuntamiento por, por ejemplo, hablar por el móvil. Si se recurre el agente se ratifica y aunque jamás hayamos estado en ese pueblo pagaremos la multa.

La nueva Ley de Tráfico, y con ella las multas en diferido sin tener que parar al infractor, son una nueva forma de financiación para los ayuntamientos y de paso también para todos los cuerpos de seguridad encargados de la vigilancia del tráfico. Estoy totalmente de acuerdo en que existan unas normas, y lógicamente sanciones a quien las incumpla. Ese es el punto de partida de un estado de derecho.

Pero exactamente igual tiene que haber unas garantías legales que aseguren el cumplimiento de la ley y los derechos de los ciudadanos. Y con los conductores, en concreto, no se cumplen nunca. Un terrorista con una pistola en la mano es un presunto terrorista y hay que tener todas las pruebas contra él, conseguidas de manera legal, para que un juez pueda condenarle. Un político con 30 millones de euros en un banco y sin poder aclarar su procedencia, no es culpable de nada hasta que no se demuestre con pruebas…

Un conductor no es presunto infractor, es infractor porque lo dice un agente y no hay que demostrar nada de su culpa. Es el conductor el que debe demostrar que es inocente.

El ayuntamiento de Madrid se ha visto obligado por una sentencia del Tribunal Supremo a eliminar de su ordenanza un artículo que permitía las multas en diferido. Lo más curioso es que exactamente el mismo enunciado de la ordenanza retirada por el Alto Tribunal está incluido en la nueva Ley de Tráfico y por ello desde el pasado mes de junio ya es legal este tipo de sanciones.

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