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¿Puede circular una ambulancia por el carril Bus-Vao?
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¿Puede circular una ambulancia por el carril Bus-Vao?

La pasada semana mi padre, conductor de ambulancias, circulaba por el Bus-Vao conduciendo una ambulancia colectiva. El vehículo estaba ocupado por un total de siete personas

La pasada semana mi padre, conductor de ambulancias, circulaba por el Bus-Vao conduciendo una ambulancia colectiva. El vehículo estaba ocupado por un total de siete personas incluido el conductor. En la salida de dicho carril, le paró la Guardia Civil indicándole que las ambulancias tienen prohibido circular por el Bus-Vao y por tanto, le impondría una multa de 200€. Si este tipo de carril es para vehículos de alta ocupación, e incluso, lo pueden utilizar las motos sin necesidad de llevar pasajero, mi consulta es, ¿por qué no pueden circular si en principio, cumplía con los requisitos de utilización de este carril? Gema Bonilla

No nos indicas el peso de la ambulancia que conducía tu padre, y por eso no podemos responderte con absoluta precisión. Un carril para vehículos con alta ocupación (VAO) es aquel especialmente reservado o habilitado para la circulación de los vehículos con alta ocupación. Y se entiende por vehículos con alta ocupación  aquellos automóviles destinados exclusivamente al transporte de personas, cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kilogramos, que estén ocupados por  el número de personas que para cada tramo de la red viaria se fije. Por tanto la utilización del carril habilitado para VAO queda limitada a motocicletas, turismos y vehículos mixtos  adaptables, y está prohibida, por tanto, al resto de los  vehículos y conjuntos de vehículos, incluidos los turismos con remolque, así como a peatones, ciclos, ciclomotores, vehículos de tracción animal y animales.


Inoperancia en el ayuntamiento de Madrid

¿Qué se puede hacer contra la inoperancia del Ayto. de Madrid?. Desde hace bastantes años trabajo en el mundo del automóvil viendo como día sí y día también se reciben, bien a nombre de la empresa o bien a nombre de nuestros clientes, multas de vehículos que han sido vendidos y transferidos en la Jefatura Provincial de Tráfico, a otras personas, incluso con una antigüedad de 7 años de diferencia desde que fué transferido, con el correspondiente cabreo por parte de nuestro primer cliente que se pregunta ¿qué habeís hecho con mi coche? El empleo de tiempo y la pérdida de recursos con este asunto no deja de sorprenderme cada día, al margen del malestar que supone tener que dar explicaciones, a veces entendidas otras veces no, a nuestros clientes. M. B.

Pues puedes desde presentar reclamaciones exigiendo la responsabilidad del funcionario hasta exigir la responsabilidad patrimonial de la Administración por el daño (económico) que te están causando por su mal funcionamiento.

La pasada semana mi padre, conductor de ambulancias, circulaba por el Bus-Vao conduciendo una ambulancia colectiva. El vehículo estaba ocupado por un total de siete personas incluido el conductor. En la salida de dicho carril, le paró la Guardia Civil indicándole que las ambulancias tienen prohibido circular por el Bus-Vao y por tanto, le impondría una multa de 200€. Si este tipo de carril es para vehículos de alta ocupación, e incluso, lo pueden utilizar las motos sin necesidad de llevar pasajero, mi consulta es, ¿por qué no pueden circular si en principio, cumplía con los requisitos de utilización de este carril? Gema Bonilla