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¿Es obligatorio usar el cinturón en los taxis?
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¿Es obligatorio usar el cinturón en los taxis?

Siempre que me subo en un taxi me asalta la duda de si al sentarse en el asiento posterior hay que ponerse el cinturón de seguridad

Siempre que me subo en un taxi me asalta la duda de si al sentarse en el asiento posterior hay que ponerse el cinturón de seguridad o no. A veces le hago la consulta al taxista, pero unos me han dicho que sí, pero solo en la M30 o la M40, y otros me dicen que siempre. Pero alguno, al que no le funcionaba, me ha dicho que nunca multan por ello. Y la pregunta es: ¿el usuario de un taxi tiene obligación de llevar puesto el cinturón cuando el conductor no está obligado a ello? María Sainz

De acuerdo con el Art. 119 del Reglamento General de Circulación los conductores de taxis, cuando estén de servicio, podrán circular sin los cinturones u otros sistemas de retención homologados cuando circulen en poblado, pero en ningún caso cuando lo hagan por autopistas, autovías o carreteras convencionales. El caso de la M-30 es especial porque se trata de una autovía urbana, por lo que al estar dentro de poblado le alcance la exención. Los pasajeros siempre deben utilizar el cinturón o, en el caso de niños, los correspondientes sistemas de retención infantil.

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Neumáticos diferentes a los homologados

Hace unos meses fui a un taller a cambiar los neumáticos de mi vehículo. Me hicieron la sustitución pero unos meses más tarde, cuando fui a pasar la ITV me la dieron por desfavorable porque el índice de carga de los nuevos neumáticos es menor que el de los que llevaba de serie el vehículo. He ido al taller y me dicen que el problema es mío, que yo fui el que les dije que me pusieran ese tipo de neumáticos diferente a los originales. ¿Me pueden ayudar de alguna manera? Luis Fajardo

Por otros casos similares en los que los servicios jurídicos de AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA) han tenido que intervenir en defensa de los derechos de nuestros Socios debemos indicaros que el taller donde te cambiaron los neumáticos no tiene razón. En primer lugar porque sería a él a quién corresponde probar que se le encargó específicamente unos neumáticos y que advirtió expresamente al usuario que no sólo no eran equivalentes, lo cual suponía una reforma de importancia, sino que además nunca podrían autorizarse. Resulta evidente que esos neumáticos no eran idóneos para el uso al que se pretendía y por tanto no se debían haber vendido.  Ellos son los profesionales y por tanto no pueden excusarse en que el usuario pidió unos neumáticos y firmó el documento de recogida del vehículo sin poner reparos, ya que ni los neumáticos (al parecer) no son aptos para tu coche, ni ello supone una renuncia de sus derechos. Lo que sí debemos advertir es que la reclamación que hay que hacer es ardua y que a veces hay que acudir a los tribunales, con la confianza de que ya existen precedentes que nos han dado la razón.

Siempre que me subo en un taxi me asalta la duda de si al sentarse en el asiento posterior hay que ponerse el cinturón de seguridad o no. A veces le hago la consulta al taxista, pero unos me han dicho que sí, pero solo en la M30 o la M40, y otros me dicen que siempre. Pero alguno, al que no le funcionaba, me ha dicho que nunca multan por ello. Y la pregunta es: ¿el usuario de un taxi tiene obligación de llevar puesto el cinturón cuando el conductor no está obligado a ello? María Sainz