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¿Cómo puede un profesor de autoescuela reclamar una multa por no parar en un semáforo en rojo?
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¿Cómo puede un profesor de autoescuela reclamar una multa por no parar en un semáforo en rojo?

Un profesor de autoescuela ha sido multado durante un examen por no frenar ante un semáforo rojo (según el examinador) y amarillo intermitente (según el profesor

Un profesor de autoescuela ha sido multado durante un examen por no frenar ante un semáforo rojo (según el examinador) y amarillo intermitente (según el profesor y el alumno) en un paso de peatones que está regulado por un pulsador. El castigo ha sido de 200 euros, cuatro puntos y el hecho que se notifica es: "No respetar el conductor del vehículo la luz roja no intermitente de un semáforo situado en una intersección, internándose en ésta. Profesor de autoescuela no interviene". No se puede admitir el hecho denunciado y no se identifica al alumno. La notificación la han enviado al domicilio, no a la autoescuela. ¿Pueden quitar los puntos?. La idea es presentar alegaciones, ¿qué les parece? Maria del Carmen Blázquez

En primer lugar debemos aclarar que de acuerdo con la Ley de Seguridad Vial se considera conductor “En vehículos que circulen en función de aprendizaje de la conducción a “la persona que está a cargo de los mandos adicionales”. Por tanto, en estos casos la responsabilidad recae sobre el profesor y no en la auto-escuela. Respecto a la cuestión de fondo, parece que la denuncia está formulada por el examinador y no por agente de la autoridad encargado de la vigilancia del tráfico por lo que la ley no le atribuye “presunción de veracidad” frente a su versión, negando los hechos, y a la del alumno que también se puede aportar como prueba en contrario en el oportuno escrito de alegaciones que le recomendamos realice.

¿Me pueden embargar la cuenta entera?

Recientemente me han embargado la cuenta por el impuesto de circulación y por multas impagadas. Actualmente cobro el salario mínimo, ¿pueden dejarme la cuenta a cero o deben respetar alguna cantidad? José A. Martínez

Efectivamente el salario mínimo interprofesional es inembargable, pero la Administración lo que te esta embargando es una cuenta y no el salario, por lo que no sabe que dicho saldo proviene únicamente de esa retribución inembargable. Para que puedan devolverte el importe pídele a tu banco que te haga un certificado indicando que el saldo de tu cuenta únicamente proviene de una nómina domiciliada y haz un escrito explicando a hacienda que lo que te han embargo corresponde al salario mínimo interprofesional, que es inembargable.

Un profesor de autoescuela ha sido multado durante un examen por no frenar ante un semáforo rojo (según el examinador) y amarillo intermitente (según el profesor y el alumno) en un paso de peatones que está regulado por un pulsador. El castigo ha sido de 200 euros, cuatro puntos y el hecho que se notifica es: "No respetar el conductor del vehículo la luz roja no intermitente de un semáforo situado en una intersección, internándose en ésta. Profesor de autoescuela no interviene". No se puede admitir el hecho denunciado y no se identifica al alumno. La notificación la han enviado al domicilio, no a la autoescuela. ¿Pueden quitar los puntos?. La idea es presentar alegaciones, ¿qué les parece? Maria del Carmen Blázquez