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¿Es posible una multa por aparcar mal con el conductor dentro del vehículo?
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¿Es posible una multa por aparcar mal con el conductor dentro del vehículo?

He recibido una denuncia calificada como grave de 200 euros por aparcar en doble fila en una calle de Madrid y en ningún momento dejé el

He recibido una denuncia calificada como grave de 200 euros por aparcar en doble fila en una calle de Madrid y en ningún momento dejé el vehículo sin mi presencia. ¿Es posible sancionar en este caso, con el conductor en el vehículo ypor un controlador del S.A.C.E.? Jorge Luis Cisneros

En primer lugar debemos aclarar que los empleados del SACE (del Ayuntamiento de Madrid) no son agentes de la autoridad,  y por tanto no pueden notificar ninguna denuncia sin que previamente se haya incoado el procedimiento sancionador por la Autoridad competente. No obstante, la notificación de denuncia que se efectuara con posterioridad estaría amparada en el apartado c) del vigente Art. 76 de la LSV, que dice:

“1.Las denuncias se notificarán en el acto al denunciado.

2. No obstante, la notificación podrá efectuarse en un momento posterior siempre que se dé alguna de las siguientes circunstancias:

a) Que la denuncia se formule en circunstancias en que la detención del vehículo pueda originar un riesgo para la circulación. En este caso, el Agente deberá indicar los motivos concretos que la impiden.

b) Que la denuncia se formule estando el vehículo estacionado, cuando el conductor no esté presente.

c) Que la autoridad sancionadora haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios de captación y reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo.”

Si no se cumplen estos requisitos la denuncia es inválida.

Y respecto al fondo de la cuestión, creemos conveniente recordarte las definiciones que la Ley de Seguridad Vial hace de sobre tres supuestos diferentes de inmovilización de los vehículos: detención, parada y estacionamiento.

-Detención es la Inmovilización de un vehículo por emergencia, por necesidades de la circulación o para cumplir algún precepto reglamentario.

-Parada es la inmovilización de un vehículo durante un tiempo inferior a dos minutos, sin que el conductor pueda abandonarlo.

-Estacionamiento es la inmovilización de un vehículo que no se encuentra en situación de detención o de parada.

He recibido una denuncia calificada como grave de 200 euros por aparcar en doble fila en una calle de Madrid y en ningún momento dejé el vehículo sin mi presencia. ¿Es posible sancionar en este caso, con el conductor en el vehículo ypor un controlador del S.A.C.E.? Jorge Luis Cisneros