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¿Pueden sancionarme por parar el coche en doble fila?
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¿Pueden sancionarme por parar el coche en doble fila?

El Ayuntamiento de Madrid me acaba de enviar una sanción por parar un momento para dejar a mi hija en la zona de Moncloa. Es algo

El Ayuntamiento de Madrid me acaba de enviar una sanción por parar un momento para dejar a mi hija en la zona de Moncloa. Es algo que tengo que hacer todos los días porque no hay sitio para parar de forma legal. ¿Es esto sancionable? ¿Cuál es la diferencia legal entre estar estacionado y estar parado? ¿Hay un tiempo mínimo? Javier Altozano.

Para que tengas una idea más precisa de la cuestión que nos planteas, creemos conveniente recordarte las definiciones que la Ley de Seguridad Vial hace de sobre tres supuestos diferentes de inmovilización de los vehículos: detención, parada y estacionamiento.

-Detención es la Inmovilización de un vehículo por emergencia, por necesidades de la circulación o para cumplir algún precepto reglamentario.

-Parada es la inmovilización de un vehículo durante un tiempo inferior a dos minutos, sin que el conductor pueda abandonarlo.

-Estacionamiento es la inmovilización de un vehículo que no se encuentra en situación de detención o de parada.

Por tanto en tu caso, aunque no abandones el vehículo, estarás en situación de estacionamiento si la parada supera los dos minutos.

¿Se puede poner al día un coche que lleva 20 años sin pasar la ITV?

Mi familia tiene desde hace 20 años un coche guardado en un garaje, del que se ha pagado el Impuesto de Circulación cada año, pero que no ha pasado ninguna ITV porque no ha salido nunca de este garaje. Quiero ponerlo a  mi nombre y circular con el, pero no sé si es legal o si es muy costosa esta operación. ¿Qué problemas me puedo encontrar al tratar de ponerlo al día? Jorge García

Si has pagado el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica entendemos que el vehículo figura en alta en el Registro de automóviles de Tráfico y por ello, para que pueda circular legalmente lo único que tienes que hacer es contratar un seguro y pasar la ITV. No te van a multar por no haber pasado todos estos años la ITV –recuerda que lo que se sanciona es circular sin ella pasada- y respecto del seguro sí podrían haberte formulado denuncia pero existe un plazo de prescripción de seis meses, si bien en la práctica no suelen sancionar si no circulas con el vehículo.

El Ayuntamiento de Madrid me acaba de enviar una sanción por parar un momento para dejar a mi hija en la zona de Moncloa. Es algo que tengo que hacer todos los días porque no hay sitio para parar de forma legal. ¿Es esto sancionable? ¿Cuál es la diferencia legal entre estar estacionado y estar parado? ¿Hay un tiempo mínimo? Javier Altozano.