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¿No son obligatorias las señales verticales para prohibir aparcar?
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¿No son obligatorias las señales verticales para prohibir aparcar?

El otro día, en Barcelona, me retiraron el coche con la grúa en una calle por estar infringiendo el aparcamiento para residentes. Era domingo. El caso

El otro día, en Barcelona, me retiraron el coche con la grúa en una calle por estar infringiendo el aparcamiento para residentes. Era domingo. El caso es que la calle en ningún sitio tenía una señal vertical que indicara que era una calle restringida. Sí existía en el suelo una banda verde. ¿Es legal la falta de señales verticales? ¿Podría recurrir con este argumento tanto la sanción como el pago de la grúa? A. B.

A pesar de lo previsto en el Artículo 2.2 de la Ordenanza de Movilidad de la ciudad de Barcelona que establece que “Las señales que estén en las entradas de las áreas de peatones o zonas de circulación restringida o de estacionamiento con horario limitado rigen en general para todos sus perímetros respectivos.”, la señalización de prohibición del estacionamiento debe ser precisa, suficiente y adaptada al Catálogo Oficial de Señales. A nuestro juicio, el caso que nos plantea no cumple tales requisitos por lo que puede ser un motivo de alegación tanto respecto a la denuncia por supuesta infracción como en el recurso contra el pago de la tasa de la grúa.

Multas de una comunidad autónoma distinta

He recibido una notificación de una multa desde la agencia tributaria de Madrid. Me dicen que no me han podido notificar en mi domicilio y que por ello lo han hecho mediante el TESTRA. Mi domicilio habitual está fuera de dicha comunidad desde hace más de 10 años y también el hecho denunciado tuvo lugar fuera de Madrid. ¿Es legal esta multa? ¿Por qué va contra mí la Agencia Tributaria de Madrid si no tengo nada que ver con Madrid? Javier Sánchez

Una cosa es tu domicilio donde realmente vivas y otra es tu domicilio legal a efectos de Tráfico, que es aquel que tú has comunicado en el registro de conductores o de vehículos, si tu eres titular registral de alguno. Por tanto, si ni tu domicilio legal ni el fiscal y el del lugar donde se produjo la infracción son de Madrid no entendemos cómo puede actuar la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de  Madrid, por lo que necesitaríamos conocer más detalles para darte una correcta respuesta.

El otro día, en Barcelona, me retiraron el coche con la grúa en una calle por estar infringiendo el aparcamiento para residentes. Era domingo. El caso es que la calle en ningún sitio tenía una señal vertical que indicara que era una calle restringida. Sí existía en el suelo una banda verde. ¿Es legal la falta de señales verticales? ¿Podría recurrir con este argumento tanto la sanción como el pago de la grúa? A. B.