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¿Me pueden multar por exceso de velocidad sin pasar por la señal?
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¿Me pueden multar por exceso de velocidad sin pasar por la señal?

Me han multado por un exceso de velocidad que creo que es injusto, y no sé si tengo algún derecho a reclamar. El caso es que

Me han multado por un exceso de velocidad que creo que es injusto, y no sé si tengo algún derecho a reclamar. El caso es que yo circulaba por un tramo de carretera en el que hay una señal de 60 km/h. Nada más pasar el cartel hay una gasolinera y entré e llenar mi depósito, pero al salir nuevamente a la carretera no me acordé del límite. Y unos metros después había un coche camuflado que me cazó a 92Km/h. Me pararon y la multa fue de 350 euros y 2 puntos. Mi pregunta es si no sería necesario que la señal estuviera otra vez después de la gasolinera. ¿Estoy obligado a saber que esa zona es de 60 km/h? ¿Puedo recurrir? Antonio García

La señal R-301, de velocidad máxima, establece la prohibición de circular a velocidad superior, en kilómetros por hora, a la indicada en la señal. Obliga desde el lugar en que esté situada hasta la próxima señal «Fin de limitación de velocidad», de «Fin de prohibiciones» u otra de «Velocidad máxima», salvo que esté colocada en el mismo poste que una señal de advertencia de peligro o en el mismo panel que ésta, en cuyo caso la prohibición finaliza cuando termine el peligro señalado. El Reglamento General de Circulación sí regula que “cuando está situada en una vía sin prioridad, deja de tener vigencia al salir de una intersección con una vía con prioridad”. Sin embargo, al no ser este su caso -Vd. sale de un taller a una vía con prioridad- está afectado por la limitación de  velocidad que existe 10 metros antes, por lo que a nuestro juicio su argumento no podría prosperar. 

¿Los discapacitados pueden aparcar en la zona ORA sin pagar?

Hace unos días estacioné mi vehículo en zona azul en la ciudad de Zamora. Soy discapacitada y como tal tengo mi tarjeta de discapacitado que siempre está visible en mi coche. He sido multada por carecer de ticket de la ORA y al no haber anulado la multa en breve recibiré la sanción correspondiente. Cuando me llegue la multa a mi casa tendré que enviar todos los papeles que demuestran mi situación y solo quería comprobar con ustedes que la ley sigue igual. Yo no tengo la culpa que el vigilante no se fijara en mi distintivo de minusválido. Marisa Ortíz

En primer lugar hemos de aclararle que el estacionamiento con tarjeta de discapacitado en las plazas expresamente reservadas mediante la correspondiente señal  y el estacionamiento de vehículos de discapacitados en las zonas donde existe estacionamiento regulado y limitado son cosas diferentes, ya que en el primer caso existe una regulación nacional y europea –su tarjeta de discapacitado le permite estacionar en dichas plazas en toda la UE-, pero sin embargo respecto de las zonas de estacionamiento regulado o limitado no existe ni siquiera una regulación nacional al respecto. Por tanto existen ayuntamientos en los que los discapacitados no están exentos de pagar el ticket de estacionamiento. No es ese el caso del Ayuntamiento de Zamora,  que en su Ordenanza de Circulación y Uso de la Vías Públicas (Art. 49, apartado g) establece que “Quedan excluidos de la limitación del tiempo de estacionamiento y de abono de la tasa correspondiente (…) Los vehículos con tarjeta de aparcamiento para personas discapacitadas expedida por el Ayuntamiento de Zamora o cualquier otro del territorio nacional, mientras tenga validez dicha tarjeta”. Por tanto Vd. no está obligada a pagar ninguna multa por este motivo, pero le aconsejamos aclare cuanto antes este “entuerto” y si quiere después exige responsabilidad al Ayuntamiento, o incluso una indemnización por el mal funcionamiento del servicio público, caso que le haya ocasionado algún daño.

Me han multado por un exceso de velocidad que creo que es injusto, y no sé si tengo algún derecho a reclamar. El caso es que yo circulaba por un tramo de carretera en el que hay una señal de 60 km/h. Nada más pasar el cartel hay una gasolinera y entré e llenar mi depósito, pero al salir nuevamente a la carretera no me acordé del límite. Y unos metros después había un coche camuflado que me cazó a 92Km/h. Me pararon y la multa fue de 350 euros y 2 puntos. Mi pregunta es si no sería necesario que la señal estuviera otra vez después de la gasolinera. ¿Estoy obligado a saber que esa zona es de 60 km/h? ¿Puedo recurrir? Antonio García