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¿Puedo recurrir si la multa llega por correo ordinario?
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¿Puedo recurrir si la multa llega por correo ordinario?

Acabo de recibir una carta ordinaria, sin certificar, del Ministerio del Interior, en concreto de la DGT, en la que se me indica que me sancionan

Acabo de recibir una carta ordinaria, sin certificar, del Ministerio del Interior, en concreto de la DGT, en la que se me indica que me sancionan por circular a 122 km/h en un sitio de 100. Dan los datos del cinemómetro y demás, y todo está correcto, pero mi pregunta es ¿hay alguna posibilidad de recurrir esta multa con ciertas opciones al haber recibido la denuncia por correo ordinario y no por uno certificado? Javier izquierdo

Efectivamente las notificaciones remitidas por la Administración deben hacerse por un medio fehaciente (correo certificado) que permitan tener constancia de su recepción por el interesado. Por tanto puedes esperar a recibir la notificación correctamente y ya decides qué quieres hacer. Ten en cuenta que en un procedimiento sancionador el tiempo siempre juega a tu favor, ya que la acción para sancionar infracciones calificadas graves, como son los excesos de velocidad, prescriben a los seis meses.

¿Puedo conducir con un carné de conducir suizo en España?

Soy español y vivo 6 meses en Suiza y 6 meses en España. Ahora quiero comprar un coche en España, pero tengo un carné de conducir suizo. ¿Puedo conducir en España con ese carné? ¿Hay un tiempo límite? ¿Tengo que canjearlo por uno español y perder el suizo, cosa que no quiero?  ¿Con un carné internacional válido por 1 año sería más fácil? M. S.

Suiza rechazó en 1992 formar parte del Espacio Económico Europeo y por esa razón el Reglamento General de Conductores español considera los permisos de conducir expedidos en dicho país como “permisos expedidos en terceros países”. No obstante en virtud de un convenio bilateral suscrito en 1998, España y Suiza reconocen recíprocamente los permisos y licencias de conducción nacionales expedidos por las autoridades de los dos países, siempre que se encuentren en vigor. Ahora bien, su permiso de conducir suizo tendría que canjearlo por el equivalente español si Vd. adquiere la residencia normal en España, ya que desde ese momento sólo tendría vigencia durante 6 meses. El canje no precisa la realización de ningún examen, salvo que existieran dudas sobre la autenticidad del permiso. Respecto del carné internacional no sirve para conducir en el país de residencia del titular. Por tanto si Vd. es residente en España no le valdría para conducir aquí y si Vd. es residente en Suiza el carné internacional sería innecesario porque con el suizo puede conducir sin problemas en España.

Acabo de recibir una carta ordinaria, sin certificar, del Ministerio del Interior, en concreto de la DGT, en la que se me indica que me sancionan por circular a 122 km/h en un sitio de 100. Dan los datos del cinemómetro y demás, y todo está correcto, pero mi pregunta es ¿hay alguna posibilidad de recurrir esta multa con ciertas opciones al haber recibido la denuncia por correo ordinario y no por uno certificado? Javier izquierdo