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¿Qué puedo hacer ante una ocupación de una plaza de garaje de mi propiedad?
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¿Qué puedo hacer ante una ocupación de una plaza de garaje de mi propiedad?

Hace unos años compré varias plazas de aparcamiento, que tengo alquiladas y tengo un problema con una de ellas. Y es que hace como dos años

Hace unos años compré varias plazas de aparcamiento, que tengo alquiladas y tengo un problema con una de ellas. Y es que hace como dos años alquilé una plaza a una pareja que al cabo de los seis meses se trasladaron y me la devolvieron, pero no me devolvieron ni el mando ni la llave de la puerta de peatones. Y desde entonces tengo una persona que aparca con frecuencia en esa plaza. ¿Hay alguna forma de averiguar la dirección y los datos de esta persona por la matrícula de su coche para ponerme en contacto con ella? ¿Se puede hacer algo legal para lograr que no aparque? Rosa Lima

Interpretamos que en el caso que nos plantea se trata de un aparcamiento de una comunidad de propietarios y que no ha habido fuerza en las cosas. Es decir, que no se ha violentado ninguna puerta para acceder a la plaza de su propiedad. Si esto fuera así Vd. puede conocer la identidad del titular de un vehículo pidiendo en la Jefatura provincial de Tráfico un informe de titularidad. No obstante, para recobrar la posesión de su propiedad tendría que ejercitar en el juzgado de primera instancia la correspondiente acción civil. Desgraciadamente este es un hecho que se viene produciendo con frecuencia y no tiene una solución rápida y eficaz, salvo que se coloque en su plaza –con el acuerdo de la comunidad- algún dispositivo físico que impida el acceso de personas no autorizadas.

¿Pueden comunicar una multa de aparcamiento con un edicto?

A través de un servicio de aviso de multas he comprobado que tengo una multa de aparcamiento del ayuntamiento de Madrid de 90 euros de hace más de un año. No he recibido ninguna notificación del ayuntamiento, pero me gustaría pagarla para abonar solo el 50%. ¿Cómo debería hacer esta gestión? ¿Podría haber prescrito? Luis Arche.

En primer lugar, debemos aclararle que la publicación edictal es excepcionalísima ya que nadie está obligado a leer a diario los boletines oficiales. Por eso tenga muchísimo cuidado con estos servicios de alerta sobre multas ya que si esa publicación era irregular (desde AEA venimos denunciando que las publicaciones que hace el Ayuntamiento de Madrid adolecen de diversas ilegalidades) y formula alguna alegación, convierte una notificación ineficaz en eficaz y pierde sus derechos. Y por último, si Vd. quiere saber por qué no recibió la notificación anterior está en su derecho de que le exhiban los acuses de recibo firmados por el cartero, donde consten las fechas y horas con los intentos de notificación y avisos de recibo en la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid. Desde mayo de 2010 las sanciones prescriben a los cuatro años, pero en su caso podría anularse la deuda si la notificación no se practicó correctamente.

Hace unos años compré varias plazas de aparcamiento, que tengo alquiladas y tengo un problema con una de ellas. Y es que hace como dos años alquilé una plaza a una pareja que al cabo de los seis meses se trasladaron y me la devolvieron, pero no me devolvieron ni el mando ni la llave de la puerta de peatones. Y desde entonces tengo una persona que aparca con frecuencia en esa plaza. ¿Hay alguna forma de averiguar la dirección y los datos de esta persona por la matrícula de su coche para ponerme en contacto con ella? ¿Se puede hacer algo legal para lograr que no aparque? Rosa Lima