Es noticia
¿Se puede multar dos veces por un mismo hecho?
  1. Motor
  2. Consultorio sobre Ruedas
Automovilistas E.A.

Consultorio sobre Ruedas

Por

¿Se puede multar dos veces por un mismo hecho?

Me han puesto una multa por aparcar en una zona de carga y descarga, porque no me dí cuenta que era una zona de aparcamiento limitado.

Me han puesto una multa por aparcar en una zona de carga y descarga, porque no me dí cuenta que era una zona de aparcamiento limitado. De hecho mire en el suelo, vi las rayas en verde y pagué mi papelito. Cuando llegué al coche para poner otro papelito y ver que me habían multado dejé el coche una hora más. Y el ayuntamiento de Madrid me multa dos veces por aparcar en el mismo sitio. ¿Se puede recurrir? Luis González

Existe un principio jurídico, tutelado en nuestra Constitución, que prohibe que un mismo hecho pueda ser sancionado dos veces ( "non bis in idem”) si existe identidad en las infracciones. Es decir, si son de la misma fecha y hora, en el mismo lugar y por el mismo hecho denunciado. A nuestro juicio, en el caso que nos planteas si existe identidad por lo que una de las dos denuncias debería anularse. Respecto a que tenía puesto el papel de la ORA, ese no es un argumento (y te lo podías haber ahorrado) porque la denuncia no es por no colocar el ticket sino por estacionar en carga y descarga.

¿Ha cambiado la ley pero tengo que renovar mi permiso de conducir?

Tras cumplir 50 años tuve que renovar el carnet, y entonces me fue renovado sólo por 5 años. Sin embargo, posteriormente creo9 que se ha modificado la ley y ahora se vuelve a renovar por 10 años con esa edad. ¿Yo tengo que renovar otra vez mi carné al cumplirse los cinco años o se amplía automáticamente hasta los 10, tal y como dicta la ley actualmente? R. López

Efectivamente el nuevo Reglamento General de Conductores, en vigor desde el 8 de diciembre de 2009, establece unos nuevos periodos de vigencia de los permisos de conducir. En el caso de los permisos A y B tendrán un periodo de vigencia de diez años mientras su titular no cumpla los sesenta y cinco años (anteriormente dicho plazo era de cinco años). No obstante, de acuerdo con la disposición transitoria segunda del Real Decreto 818/2009 que lo modificó, los nuevos plazos se consignarán en el permiso de conducir con ocasión de la próxima renovación, por lo que aunque a partir de ahora te lo van a prorrogar por diez años tendrás que renovar el permiso en la fecha prevista de los cinco años.

Me han puesto una multa por aparcar en una zona de carga y descarga, porque no me dí cuenta que era una zona de aparcamiento limitado. De hecho mire en el suelo, vi las rayas en verde y pagué mi papelito. Cuando llegué al coche para poner otro papelito y ver que me habían multado dejé el coche una hora más. Y el ayuntamiento de Madrid me multa dos veces por aparcar en el mismo sitio. ¿Se puede recurrir? Luis González