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¿Es legal grabar con una cámara por la carretera?
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¿Es legal grabar con una cámara por la carretera?

Tal y como se están poniendo las cosas para los conductores, con lo de las multas y los accidentes, llevo días preguntándome si no sería interesante

Tal y como se están poniendo las cosas para los conductores, con lo de las multas y los accidentes, llevo días preguntándome si no sería interesante comprarse una cámara de las que venden en otros países y llevarla siempre en el coche grabando imágenes de video. Pero tengo dos preguntas, la primera si es legal o no llevar la cámara grabando, y grabar por ello las matrículas y los actos de todos los coches que van a mi alrededor. Y la segunda es si se podrían utilizar estas imágenes como una prueba ante un problema por un accidente o ante la imposición de una multa, como pasar un semáforo o algo parecido. ¿Puede la Policía multarme por ir grabando? Paco Velasco

La recogida y captación de las imágenes y sonidos a los que se refiere su consulta no se encuentran sometidas a la Ley de Seguridad Vial, sino a las obligaciones previstas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Por tanto, será necesario dar cumplimiento a los deberes de secreto y seguridad previstos en la citada Ley y su Reglamento de desarrollo, así como proceder a la notificación del fichero para su inscripción en el Registro general de Protección de Datos de la Agencia Española de Protección de Datos. Igualmente la grabación del exterior de su vehículo podría implicar la recogida y tratamiento de datos de carácter personal de terceros, consistentes bien en la imagen de los transeúntes, bien en las matrículas de los vehículos, reiteradamente consideradas como dato personal de su propietario por la AEPD, por lo que requeriría también el consentimiento inequívoco del afectado y la obligación de informar de que se está grabando.

Respecto al valor probatorio de la grabación en espacios de acceso público para la obtención eficaz de la misma como medio de prueba la jurisprudencia introduce, para una correcta valoración de la obtención de la prueba en un proceso penal, el correctivo de la proporcionalidad, por el que la grabación de un investigado sin su conocimiento y consentimiento, supone una injerencia en sus derechos de la personalidad a no ser que esté justificada por motivos de prevención y/o investigación del delito, lo que se analizará mediante la aplicación al caso concreto de los juicios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad en sentido estricto del uso de la tecnología como medio imprescindible para alcanzar el bien social preferente de poder probar así el delito.

No obstante lo anterior, existe la excepción de la flagrancia, por la cual las imágenes captadas sin estar previstas por operar la casualidad de producirse donde se tiene y usan cámaras que filman lo que por azar ocurre delante de ellas, sobre todo cuando acaba de empezar a ocurrir, se pueden valorar sin apreciar por ello la infracción de derecho fundamental ninguno que pudiera declarar nulo el resultado probatorio obtenido.

Cómo cambiar la titularidad de un vehículo

Quiero cambiar de titularidad un coche y me gustaría conocer los trámites que debo hacer para solucionarlo de la manera más rápida y también la más barata posible. El coche está a nombre de mi hermano pero lo quiero poner a mi nombre porque él se va a vivir a Argentina varios años. ¿Es posible hacer una donación y con ello ahorrar algo en el trámite? El coche lo compró con un préstamo, pero ya está pagado. Bárbara Saínz

No nos dices en tu consulta en qué comunidad resides a efectos de poder determinar los impuestos que tendrías que pagar. No obstante, seguramente te va a convenir más realizar una operación de compraventa que una donación entre hermanos, ya que sólo liquidarías, además de la tasa de Tráfico (51,60 €), el 4% del valor fiscal que le dé Hacienda al vehículo conforme a la antigüedad. Respecto de los trámites, puedes obtener la información en la siguiente página de la DGT : http://www.dgt.es/portal/es/oficina_virtual/vehiculos/cambio_titularidad/

Tal y como se están poniendo las cosas para los conductores, con lo de las multas y los accidentes, llevo días preguntándome si no sería interesante comprarse una cámara de las que venden en otros países y llevarla siempre en el coche grabando imágenes de video. Pero tengo dos preguntas, la primera si es legal o no llevar la cámara grabando, y grabar por ello las matrículas y los actos de todos los coches que van a mi alrededor. Y la segunda es si se podrían utilizar estas imágenes como una prueba ante un problema por un accidente o ante la imposición de una multa, como pasar un semáforo o algo parecido. ¿Puede la Policía multarme por ir grabando? Paco Velasco

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