Es noticia
¿Se considera un recurso exigir la aplicación de la ley?
  1. Motor
  2. Consultorio sobre Ruedas
Automovilistas E.A.

Consultorio sobre Ruedas

Por

¿Se considera un recurso exigir la aplicación de la ley?

En una consulta anterior, que creo que leí en este consultorio, se explicaba que cuando la administración aplica mal el margen de error en la velocidad,

En una consulta anterior, que creo que leí en este consultorio, se explicaba que cuando la administración aplica mal el margen de error en la velocidad, la única forma de solucionar este fallo, que es culpa exclusiva de la administración, es presentar un recurso. Y que cuando lo haces pierdes la opción de pagar con el 50% de descuento dicha multa. ¿Cómo es posible que sea considerado como un recurso exigir la aplicación de la Ley? Yo puedo aceptar que me han pillado, por ejemplo, a 75 km/h en un sitio de 50 km/h, pero no tiene sentido que no tenga derecho al descuento porque un administrativo, con o sin órdenes de sus superiores, haya cometido un error, que pago yo. Luis M.

Lo que hemos venido indicando es que distintas administraciones con competencia en materia de tráfico están aplicando directamente el cuadro de multas sin descontar el margen de error legalmente previsto, ya que en lugar de imponer una sanción de 100 € prevista para los que se exceden, por ejemplo, en 24 km/h del antiguo límite de 120, están aplicando el tramo sancionador superior de 300€ y la pérdida de 2 puntos del permiso de conducir contemplada para un exceso de 35 km/h. Y eso es, a nuestro juicio, ilegal y por tanto recurrible. Y, en caso de que nos dieran la razón, podríamos pedir además la posibilidad de pagarla con descuento. Pero quisimos advertir que desde hace tres años el pago con descuento es incompatible con recurrir en vía administrativa. Es decir o recurres, o si pagas con descuento olvídate de recurrir. A diferencia de lo que ocurría anteriormente, que gracias a un recurso ganado por AEA ante el Tribunal Supremo, era compatible pagar con descuento y recurrir.

¿Se puede llevar la 'L' más tiempo del previsto?

Soy una conductora poco experta, pero en breve se cumple el plazo de un año que tengo obligación de llevar la “L” en la parte trasera del vehículo. Llevar ese indicativo me da una mayor seguridad, porque sirve para que los otros conductores sepan que soy un poco inexperta al volante. Pero me han dicho que si sigo llevándola una vez que se cumpla el año de mi carné de conducir, me pueden multar. Me siento más segura si la llevo, de momento, y por eso me gustaría saber cuál es la multa. Rosa Montes

En una consulta anterior, que creo que leí en este consultorio, se explicaba que cuando la administración aplica mal el margen de error en la velocidad, la única forma de solucionar este fallo, que es culpa exclusiva de la administración, es presentar un recurso. Y que cuando lo haces pierdes la opción de pagar con el 50% de descuento dicha multa. ¿Cómo es posible que sea considerado como un recurso exigir la aplicación de la Ley? Yo puedo aceptar que me han pillado, por ejemplo, a 75 km/h en un sitio de 50 km/h, pero no tiene sentido que no tenga derecho al descuento porque un administrativo, con o sin órdenes de sus superiores, haya cometido un error, que pago yo. Luis M.

Multa