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¿Se puede multar a un coche dado de baja en Tráfico?
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¿Se puede multar a un coche dado de baja en Tráfico?

Me han embargado mi cuenta corriente, pero no tengo ninguna deuda pendiente con Hacienda. Tras hacer las indagaciones oportunas  ante la Agencia Tributaria he logrado comprobar

Me han embargado mi cuenta corriente, pero no tengo ninguna deuda pendiente con Hacienda. Tras hacer las indagaciones oportunas ante la Agencia Tributaria he logrado comprobar que es por una multa de tráfico, que por cierto desconocía. Lo mejor es que la multa corresponde a un coche que yo di de baja en Tráfico al menos dos meses antes de la supuesta infracción. El coche sigue de baja. Qué puedo hacer para defenderme, o también tengo que pagar por las multas no cometidas. Javier Losada

En primer lugar comprueba que se trata de un error en la identificación del vehículo y si eso está claro en la propia Jefatura provincial de Tráfico te pueden anular la multa de oficio. Si no fuera un error, es decir, si el vehículo aunque dado de baja estuviera circulando el único motivo para recurrir es la falta de notificación reglamentaria de la deuda. No obstante, además de no haber recibido las notificaciones de Tráfico, al parecer tampoco habéis recibido la providencia de apremio por parte de Hacienda, por lo que el domicilio no sólo lo debe tener mal Tráfico sino también está mal para la Agencia Tributaria.

Multado a 130 km/h en un sitio de 120 km/h

He recibido en mi domicilio una comunicación de denuncia por circular a 130 km/h en una autopista señalizada a 120 km/h. He leído que el margen de error no lo aplican en algunas ocasiones y por eso quería simplemente comprobar que el margen ha sido aplicado y que la sanción es correcta. Rubén Ontiveros

Desde el 4/12/10 el error máximo admisible en la medición de velocidad efectuada por los cinemómetros (radares) es de más menos el 5%, en el caso de los radares estáticos; o del 7% en los radares dinámicos. Por tanto, en nuestra opinión más que dirigir tus alegaciones sobre si es o no lógico denunciar a esa velocidad ya que sí es legal, encamínalas a comprobar el correcto funcionamiento del radar solicitando pruebas de ello.

Me han embargado mi cuenta corriente, pero no tengo ninguna deuda pendiente con Hacienda. Tras hacer las indagaciones oportunas ante la Agencia Tributaria he logrado comprobar que es por una multa de tráfico, que por cierto desconocía. Lo mejor es que la multa corresponde a un coche que yo di de baja en Tráfico al menos dos meses antes de la supuesta infracción. El coche sigue de baja. Qué puedo hacer para defenderme, o también tengo que pagar por las multas no cometidas. Javier Losada

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