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¿200 euros de multa por pisar un poco el paso de peatones?
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¿200 euros de multa por pisar un poco el paso de peatones?

Hace unos días me multó un agente de la Policía Municipal por pisar ligeramente un paso de peatones. El agente me explicó que me multaba por

Hace unos días me multó un agente de la Policía Municipal por pisar ligeramente un paso de peatones. El agente me explicó que me multaba por obstaculizar la visibilidad en el paso de peatones. Lo peor es que la multa es de 200 euros y eso ya me parece excesivo. ¿La ley dice realmente eso, y sobre todo con esa cuantía? Ramón de Santiago.

Imaginamos que te han denunciado por “estacionar en un paso de peatones” no por “pisar un poquito el paso de peatones”. Los estacionamientos están calificados como infracción leve y sancionados con multa de hasta 100 €, salvo que el agente haya indicado expresamente en la denuncia que existió una grave obstaculización, en cuyo caso es grave y la sanción es de 200 €. En este caso, la clave para una correcta graduación de la sanción está en la descripción y valoración de los hechos de los que pueda deducirse, o no, la grave obstaculización.

Denuncia por circular en una vía restringida de Madrid

Me han denunciado por circular por una calle de Madrid en la que está el tráfico restringido. El precepto que supuestamente he infringido es el 53 de la LSV 6 Ord. mov. Y el importe es de 90 euros aunque puedo pagar 45 euros si lo hago antes de 20 días. El vehículo tiene la tarjeta de minusválido del Ayuntamiento. ¿Creen que puedo recurrir de alguna forma?. Junto a la denuncia me han mandado una foto pero en ella no se ve ninguna señal que prohíba la circulación. L.O.

En primer lugar debemos aclararle que las tarjetas de minusválido son personales y no van a nombre de ningún vehículo. No obstante, las instrucciones para el acceso al Área de Prioridad Residencial (APR) de Embajadores por parte de personas con movilidad reducida no residentes requiere ser titular de la "Tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con movilidad reducida" y además es preciso comunicar la matrícula habitual al Negociado de Autorizacionesde Estacionamientode la Dirección General deGestión yVigilancia de la Circulación en el momento de la solicitud de la mencionada tarjeta. Caso de otros vehículos se deben solicitar accesos puntuales para cada ocasión. Nuestro consejo es que enfoque la defensa más por el lado de la minusvalía que por el de la falta de señalización, salvo que Vd. acredite que en la entrada de dicha calle no existe tal señalización de circulación restringida o reservada.

Hace unos días me multó un agente de la Policía Municipal por pisar ligeramente un paso de peatones. El agente me explicó que me multaba por obstaculizar la visibilidad en el paso de peatones. Lo peor es que la multa es de 200 euros y eso ya me parece excesivo. ¿La ley dice realmente eso, y sobre todo con esa cuantía? Ramón de Santiago.

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