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¿Cuál es la indemnización por siniestro total de un scooter?
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¿Cuál es la indemnización por siniestro total de un scooter?

Hace unos meses tuve un accidente de tráfico con mi moto en el que yo no tuve ninguna culpa, pero que si me produjo algunas lesiones.

Hace unos meses tuve un accidente de tráfico con mi moto en el que yo no tuve ninguna culpa, pero que síme produjo algunas lesiones. La compañía de seguros contraria ha reconocido la culpabilidad de su asegurado. La moto era un scooter que solo tenía dos meses cuando se produjo el accidente y me había costado 1.650 euros. Pero me han dado siniestro total y no sé cuál es la indemnización que me corresponde. Sobre todo porque la moto tenía dos meses y yo también he sufrido lesiones que ahora supongo que la aseguradora no pagará. Ruth Galván

El caso que nos plantea tiene dos aspectos distintos, ya que existen dos relaciones jurídicas diferenciadas: Una, con respecto a su aseguradora en virtud del contrato de seguro que tiene suscrito, y la segunda, que nace de la ley -y no de ningún contrato-, respecto del causante de los daños.

En la primera relación, el contrato de seguro es "ley", y a él hemos de acudir para determinar los derechos que le asisten. Por eso le recomendamos que lea su póliza y compruebe en qué supuestos puede su compañía declarar un "siniestro total”.

Pero esto es sin perjuicio de que Vd. pueda exigir del responsable del accidente, y de su aseguradora, que le indemnice con el importe de lo que cueste la reparación (siempre que no sea antieconómica), o con una indemnización equivalente al precio de lo que a Vd. le costaría comprar en el mercado de ocasión una moto de similares características. En este sentido le recomendamos pida presupuestos (en casas de compraventa, o en Internet) de lo que le costaría a su padre comprar una moto de similares características al que tenía, a fin de que le sirva de referencia de la indemnización que puede reclamar al responsable del accidente. En AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA) hemos tramitado innumerables casos como el suyo. Y respecto de las lesiones, existe un baremo que determina la indemnización que le corresponde de acuerdo con los informes médicos de que disponga. Recuerde que por haber resultado lesionado, dispone de un plazo de seis meses para presentar denuncia por el accidente.

¿Me pueden multar por tener el carné caducado sin conducir?

Un policía municipal de Madrid me ha multado por estar mal aparcado. Estaba en el coche metido, con el motor apagado y sin mover el volante. El agente llegó, se puso a multarme y al ver que estaba dentro me tocó en la ventanilla y me pidió mi carné de conducir. Al ver que estaba caducado me impuso, además, otra multa de 200 euros por dicho motivo. La realidad es que yo no conduzco, solo estaba cuidando el coche de mi hijo, pero sin ninguna intención de mover el coche. ¿Se me puede multar por ese motivo? Pedro

El hecho de tener el carnet caducado no es constitutivo de infracción. Por eso, si el hecho que te han consignado en la denuncia es ese “Tener el carnet caducado”, puedes alegar ese motivo. No obstante, si el hecho denunciado es por “conducir” con un permiso caducado, recuerda que el estacionamiento también forma parte de la conducción.

Hace unos meses tuve un accidente de tráfico con mi moto en el que yo no tuve ninguna culpa, pero que síme produjo algunas lesiones. La compañía de seguros contraria ha reconocido la culpabilidad de su asegurado. La moto era un scooter que solo tenía dos meses cuando se produjo el accidente y me había costado 1.650 euros. Pero me han dado siniestro total y no sé cuál es la indemnización que me corresponde. Sobre todo porque la moto tenía dos meses y yo también he sufrido lesiones que ahora supongo que la aseguradora no pagará. Ruth Galván

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