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¿Me pueden quitar tres puntos del carné porque mi hijo no lleve el casco?
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¿Me pueden quitar tres puntos del carné porque mi hijo no lleve el casco?

La Guardia Urbana de Barcelona me sancionó por sentar a mi hijo en la moto unos metros sin el casco correspondiente. Solo iba a recorrer unos

La Guardia Urbana de Barcelona me sancionó por sentar a mi hijo en la moto unos metros sin el casco correspondiente. Solo iba a recorrer unos metros y no podía mover la moto y dejarle a él solo en la acera. Pagué la multa de 100 euros en cuanto me llegó la denuncia a casa, pero en la misma dice también que son 3 puntos del carné. La pregunta que quería plantearles es si por una cosa como esta me pueden quitar tres puntos del carné. Lluis

A partir de última reforma de la Ley de Seguridad Vial, en vigor desde el 24/5/2010, el conductor de una motocicleta es el responsable por la no utilización del casco de protección por el pasajero (sea familia o no, o sea un menor), y es a él al que le van a imponer la sanción de 200 € (con pago reducido de 100 € en 20 días) y la detracción de 3 puntos del permiso, según el actual cuadro de sanciones. Antes de esa fecha esto no era así, y como padre con lo único que te podía haber sancionado es una multa pero sin pérdida de puntos.

¿Me pueden multar por tener el carné de camión caducado?

Hace años me saqué el carné para conducir camiones, porque en alguna ocasión tenía que conducir este tipo de vehículos, pero ahora ya no conduzco nunca un camión. Pero no lo he vuelto a usar y se me ha caducado. ¿me pueden multar por tenerlo caducado si no conduzco un camión (ahora solo conduzco turismos y ese si lo tengo al día)? ¿Debería renovarlo? Joaquín Ripoll.

No. Lo que la Ley prohíbe es circular con un vehículo cuya autorización para conducirlo está caducada. En este caso la sanción sería de 200 €. No obstante, aunque las normas de tráfico permiten renovar un permiso caducado en cualquier momento, las normas de transporte exigen la realización de unos cursos de formación continua para poder ejercer la actividad de transportista. Por eso le recomendamos que antes de renunciar totalmente a su permiso C1, eche un vistazo al REAL DECRETO 1032/2007, de 20 de julio, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, y de esa forma pueda tomar la decisión que considere conveniente pero teniendo la información adecuada y suficiente.

La Guardia Urbana de Barcelona me sancionó por sentar a mi hijo en la moto unos metros sin el casco correspondiente. Solo iba a recorrer unos metros y no podía mover la moto y dejarle a él solo en la acera. Pagué la multa de 100 euros en cuanto me llegó la denuncia a casa, pero en la misma dice también que son 3 puntos del carné. La pregunta que quería plantearles es si por una cosa como esta me pueden quitar tres puntos del carné. Lluis

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