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¿Cómo demuestro que tengo carné de conducir vigente?
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¿Cómo demuestro que tengo carné de conducir vigente?

Pese a que tengo el carné desde 1973, siempre lo he renovado a tiempo y nunca me han multado, en la base de datos de la DGT dice que el “usuario no se encuentra registrado como conductor”

Soy un conductor veterano, tengo el carné desde el año 1973, pero el otro día le dije a mi hijo que me ayudara a comprobar los puntos que tenía en mi carné a través de internet. Lo curioso es que pese a que tengo el carné desde entonces, que siempre lo he renovado a tiempo y que nunca me han puesto una multa, en la base de datos de la DGT dice que el “usuario no se encuentra registrado como conductor”. ¿Qué debería hacer para solucionar este problema? Juan Tello

Efectivamente el sistema informático de la DGT contiene errores, por lo que te sugerimos vayas personalmente a subsanarlos a cualquier Jefatura provincial o local de Tráfico.

Interpretar la intención de un peatón en un paso de cebra

Yo siempre procuro ceder el paso a los peatones cuando van a cruzar un paso de cebra. Pero no siempre es fácil. El otro día me ocurrió que me paré porque había una mujer que me pareció que estaba pendiente de cruzar, pero cuando me paré se puso a mirar le móvil y se quedó parada sin cruzar.

Por ello, creo que es un problema el cómo saber que el peatón desea realizar ese cruce y si hay alguna norma que lo regule. ¿Tiene que pararse en la acera y levantar la mano? ¿Debe bajar al paso cebra para que el conductor reconozca que quiere cruzar? Sobre todo tengo una pregunta, ¿en qué se basa la policía para sancionar estos hechos? Antonio Grande

El Artículo 124 del Reglamento General de Circulación regula los pasos para peatones y el cruce de calzadas por éstos y la actuación de la policía debe ceñirse a lo que en él se establece, que es lo siguiente:

“1. En zonas donde existen pasos para peatones, los que se dispongan a atravesar la calzada deberán hacerlo precisamente por ellos, sin que puedan efectuarlo por las proximidades, y cuando tales pasos sean a nivel, se observarán, además, las reglas siguientes:

a) Si el paso dispone de semáforos para peatones, obedecerán sus indicaciones.

b) Si no existiera semáforo para peatones pero la circulación de vehículos estuviera regulada por agente o semáforo, no penetrarán en la calzada mientras la señal del agente o del semáforo permita la circulación de vehículos por ella.

c) En los restantes pasos para peatones señalizados mediante la correspondiente marca vial, aunque tienen preferencia, sólo deben penetrar en la calzada cuando la distancia y la velocidad de los vehículos que se aproximen permitan hacerlo con seguridad.

2. Para atravesar la calzada fuera de un paso para peatones, deberán cerciorarse de que pueden hacerlo sin riesgo ni entorpecimiento indebido.

3. Al atravesar la calzada, deben caminar perpendicularmente al eje de ésta, no demorarse ni detenerse en ella sin necesidad y no entorpecer el paso a los demás.

4. Los peatones no podrán atravesar las plazas y glorietas por su calzada, por lo que deberán rodearlas.”

Soy un conductor veterano, tengo el carné desde el año 1973, pero el otro día le dije a mi hijo que me ayudara a comprobar los puntos que tenía en mi carné a través de internet. Lo curioso es que pese a que tengo el carné desde entonces, que siempre lo he renovado a tiempo y que nunca me han puesto una multa, en la base de datos de la DGT dice que el “usuario no se encuentra registrado como conductor”. ¿Qué debería hacer para solucionar este problema? Juan Tello