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¿Es legal grabar con el móvil desde el coche lo que sucede en la carretera?
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¿Es legal grabar con el móvil desde el coche lo que sucede en la carretera?

Nada más subirme en el coche pongo mi smartphone a grabar imágenes de lo que pasa por la carretera. ¿Podrían utilizarse estos vídeos como prueba en un juicio?

Tengo un smartphone y me he comprado una pieza para que vaya sujeto en el parabrisas. Lo que hago es que nada más subirme en el coche lo pongo a grabar imágenes de lo que pasa por la carretera. Por ello, todas las infracciones quedan grabadas junto con la matrícula de los coches. ¿Podrían utilizarse estos vídeos como prueba en un juicio? ¿Pueden la Policía o la Guardia Civil multarme por ir grabando todo lo que ocurre en la carretera? Ramón Arroyo

La recogida y captación de las imágenes y sonidos a los que se refiere su consulta no se encuentran sometidas a la Ley de Seguridad Vial, sino a las obligaciones previstas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Por tanto, será necesario dar cumplimiento a los deberes de secreto y seguridad previstos en la citada Ley y su Reglamento de desarrollo, así como proceder a la notificación del fichero para su inscripción en el Registro general de Protección de Datos de la Agencia Española de Protección de Datos. Igualmente la grabación del exterior de su vehículo podría implicar la recogida y tratamiento de datos de carácter personal de terceros, consistentes bien en la imagen de los transeúntes, bien en las matrículas de los vehículos, reiteradamente consideradas como dato personal de su propietario por la AEPD, por lo que requeriría también el consentimiento inequívoco del afectado y la obligación de informar de que se está grabando.

Respecto al valor probatorio de la grabación en espacios de acceso público para la obtención eficaz de la misma como medio de prueba la jurisprudencia introduce, para una correcta valoración de la obtención de la prueba en un proceso penal, el correctivo de la proporcionalidad, por el que la grabación de un investigado sin su conocimiento y consentimiento, supone una ingerencia en sus derechos de la personalidad a no ser que esté justificada por motivos de prevención y/o investigación del delito, lo que se analizará mediante la aplicación al caso concreto de los juicios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad en sentido estricto del uso de la tecnología como medio imprescindible para alcanzar el bien social preferente de poder probar así el delito.

No obstante lo anterior, existe la excepción de la flagrancia, por la cual las imágenes captadas sin estar previstas por operar la casualidad de producirse donde se tiene y usan cámaras que filman lo que por azar ocurre delante de ellas, sobre todo cuando acaba de empezar a ocurrir, se pueden valorar sin apreciar por ello la infracción de derecho fundamental ninguno que pudiera declarar nulo el resultado probatorio obtenido.

Cambiar la titularidad de un vehículo de manera barata

Compré hace cuatro años un coche, pero lo hice a nombre de mi hermano mayor porque a mi no me daban el crédito para comprarlo. Ahora que ya está pagado me gustaría hacer los papeles para cambiarlo y ponerlo finalmente a mi nombre. ¿Me podrían explicar qué trámites debería hacer? Busco el trámite más barato y no sé si sería mejor hacerlo como una donación o como una venta. Jesús Dimas

No nos dices en tu consulta en qué comunidad resides a efectos de poder determinar los impuestos que tendrías que pagar. No obstante, seguramente te va a convenir más realizar una operación de compraventa que una donación entre hermanos, ya que sólo liquidarías, además de la tasa de Tráfico (51,60 €), el 4% del valor fiscal que le dé Hacienda al vehículo conforme a la antigüedad. Respecto de los trámites, puedes obtener la información en la siguiente página de la DGT : http://www.dgt.es/portal/es/oficina_virtual/vehiculos/cambio_titularidad/

Tengo un smartphone y me he comprado una pieza para que vaya sujeto en el parabrisas. Lo que hago es que nada más subirme en el coche lo pongo a grabar imágenes de lo que pasa por la carretera. Por ello, todas las infracciones quedan grabadas junto con la matrícula de los coches. ¿Podrían utilizarse estos vídeos como prueba en un juicio? ¿Pueden la Policía o la Guardia Civil multarme por ir grabando todo lo que ocurre en la carretera? Ramón Arroyo

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