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Multado por parar en la puerta del hotel
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Multado por parar en la puerta del hotel

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He recibido la notificación de una denuncia e incoación de expediente sancionador por "estacionar en carril reservado para uso, parada o estacionamiento exclusivo del transporte público urbano". La denuncia ha sido formulada por controlador del S.A.C.E. Se da la circunstancia que estaba parado, y dentro del vehículo, en la puerta de un hotel (Wellington, calle Velázquez 8) donde esperaba a una persona que estaba alojada en dicho hotel para llevarla al aeropuerto y no fue más de un minuto. Es un carril normal, no un carril/bus, ni existe una señal que indique ninguna prohibición a excepción de una de prohibido aparcar situada a más de 50 metros de dicho lugar. Creo que es una multa que, además de injusta, tiene un claro afán recaudador y quiero interponer recurso en vez de pagar los 100 euros del 50% del total. Me gustaría saber si tengo razón y alguna posibilidad de éxito en mi reclamación. Fernando Pacheco.

Por lo que hemos podido comprobar, a la altura del número 8 de la calle Velázquez de Madrid no existe carril bus pero sí una parada de autobús justo delante de la puerta del hotel. Entendemos que la reserva a la que hace mención el controlador es al espacio de la parada del autobús. En relación con la parada, indicar que la misma debe ser inferior a dos minutos para que alguien suba o baje. Si se supera ese tiempo, se convierte en un estacionamiento y no se considera parada.

Siempre que se recurre una multa existe la posibilidad de que sea anulada porque el Ayuntamiento admita sus alegaciones o porque se produzca un error en el procedimiento que provoque la nulidad del mismo.

¿Las plazas individualizadas de minusválidos pueden servir para otros usuarios?

Tengo discapacidad superior al 65% y la consiguiente acreditación para poder aparcar en las plazas destinadas a tal efecto. En algunos municipios hay placas para aparcamiento individualizado para vehículos de discapacitados, en los que está serigrafiada en dicha señal la matricula de dicho automóvil Mi pregunta es si puedo aparcar en estas plazas de discapacitados que parecen individualizadas para otros vehículos. Enrique Mateos

Además de la normativa estatal básica, cada municipio o comunidad autónoma regula los pormenores de los derechos de las tarjetas de reserva de estacionamiento para personas como movilidad reducida y la organización del estacionamiento en caso de tener las competencias delegadas.

Por este motivo, pueden existir municipios en los que las reservas de plazas se hagan de forma generalizada a todos aquellos beneficiarios del derecho o a uno en concreto como Ud. nos indica. En el segundo caso, cometería una infracción aparcando en una plaza reservada a un vehículo que no es el suyo.

He recibido la notificación de una denuncia e incoación de expediente sancionador por "estacionar en carril reservado para uso, parada o estacionamiento exclusivo del transporte público urbano". La denuncia ha sido formulada por controlador del S.A.C.E. Se da la circunstancia que estaba parado, y dentro del vehículo, en la puerta de un hotel (Wellington, calle Velázquez 8) donde esperaba a una persona que estaba alojada en dicho hotel para llevarla al aeropuerto y no fue más de un minuto. Es un carril normal, no un carril/bus, ni existe una señal que indique ninguna prohibición a excepción de una de prohibido aparcar situada a más de 50 metros de dicho lugar. Creo que es una multa que, además de injusta, tiene un claro afán recaudador y quiero interponer recurso en vez de pagar los 100 euros del 50% del total. Me gustaría saber si tengo razón y alguna posibilidad de éxito en mi reclamación. Fernando Pacheco.

Multa Ayuntamiento de Madrid