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¿Puedo vender un coche que no he terminado de pagar si me embargan la nómina?
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¿Puedo vender un coche que no he terminado de pagar si me embargan la nómina?

Tengo un vehículo que está a nombre de la empresa que tuve que cerrar. Dicho vehículo fue adquirido con un crédito a la empresa, el cual debido a la mala situación financiera no pude...

Tengo un vehículo que está a nombre de la empresa que tuve que cerrar. Dicho vehículo fue adquirido con un crédito a la empresa, el cual debido a la mala situación financiera no pude pagar en su totalidad. Me ha sido embargada una plaza de garaje que tenía en propiedad y recientemente me han embargado parte de la nómina. La entidad financiera tiene la reserva de dominio del vehículo. Mi pregunta es: ¿puedo vender el vehículo? Ya que si me embargan la nómina hasta satisfacer la cantidad debida, entiendo que no quieren recuperar el vehículo. En caso afirmativo, ¿qué pasos debo de seguir? Ángel Agilda.

Un vehículo con una reserva de dominio se puede vender, pero no podrá ser transferirlo. Es decir, usted puede vender el vehículo mediante un contrato privado, pero no será posible cambiar la titularidad en el Registro de Tráfico hasta que se cancele esa reserva de dominio. La reserva de dominio solo se cancela con el pago completo de la deuda, por lo que hasta que no se pague la última cuota del crédito, no podrá iniciar los trámites para cancelar la reserva. Una vez cancelada en la Jefatura Provincial de Tráfico de su domicilio, podrá vender el coche y realizar la transferencia.

La venta del vehículo sin transferencia supone que seguiría constando a nombre del titular actual. Esto a su vez conlleva la responsabilidad de aquellas infracciones que se cometan con el vehículo que ha dejado de tener usted controlado, siempre que no se identifique al conductor, y algunas multas que siempre son responsabilidad del titular, como por ejemplo no tener seguro.

¿Me pueden multar por llevar la bola de remolque?

Me han multado por llevar puesta la bola de remolque argumentando el agente que debe quitarse cuando no se use. Está homologada por Industria, al pasar la ITV, y no me han comentado nada. He preguntado en talleres y proveedores de este tipo de accesorio y todos me confirman que no hay ninguna ley que obligue a desmontarla. Francisco Javier Moreno.

Tengo un vehículo que está a nombre de la empresa que tuve que cerrar. Dicho vehículo fue adquirido con un crédito a la empresa, el cual debido a la mala situación financiera no pude pagar en su totalidad. Me ha sido embargada una plaza de garaje que tenía en propiedad y recientemente me han embargado parte de la nómina. La entidad financiera tiene la reserva de dominio del vehículo. Mi pregunta es: ¿puedo vender el vehículo? Ya que si me embargan la nómina hasta satisfacer la cantidad debida, entiendo que no quieren recuperar el vehículo. En caso afirmativo, ¿qué pasos debo de seguir? Ángel Agilda.

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