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De la protección de datos a la prostitución de datos
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Borja Adsuara

Menos tecnología y más pedagogía

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De la protección de datos a la prostitución de datos

Han surgido varias iniciativas empresariales en las que se ofrecen servicios o descuentos a cambio de poder recopilar y utilizar nuestros datos personales

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“Prostitución” proviene del latín “pro + statuere”, que originariamente significaba “poner o colocar algo delante” (en la fachada de una tienda), “exponer en público una mercancía” y, en general, “poner algo en venta”.

Recientemente han surgido varias noticias sobre iniciativas empresariales en las que se ofrecen servicios o descuentos a cambio de poder recopilar y utilizar los datos (o información de carácter personal) de los usuarios.

Por un lado, en diciembre AT&T anunció un plan llamado Internet Preferences, por el cual ofrecía a sus clientes (por ahora sólo en Austin, Texas) un descuento en la factura de fibra óptica a cambio de poder utilizar sus datos de navegación para ofrecerle publicidad adaptada a sus intereses, siempre con el compromiso de no cederlos a terceras empresas.

Están surgiendo distintas empresas y aplicaciones que ofrecen wifi gratis a cambio, no de publicidad, sino de poder utilizar los datos de navegación de los usuarios, siempre con su consentimiento

Por otro lado, el pasado día 6 de enero, en el CES (Consumer Electronics Show) de Las Vegas, AT&T presentó su programa de “datos patrocinados” (o Sponsored Data), por el que los prestadores de servicios -que voluntariamente se adhieran- serían los que cargasen con el coste de la transmisión de datos y no los usuarios o destinarios finales de dichos servicios.

Aparte de los posibles peligros para la neutralidad de la red que algunos apuntan (si se les diera preferencia por las operadoras a esos “datos patrocinados” sobre los que no lo están), es evidente que, si un prestador de servicios está dispuesto a pagar la factura de transmisión de esos datos, es a cambio de poder utilizarlos, con el consentimiento previo del usuario.

Asimismo, están surgiendo distintas empresas y aplicaciones que ofrecen wifi gratis a cambio, no de publicidad, sino de poder utilizar los datos de navegación de los usuarios, siempre con su consentimiento. E incluso hay alguna empresa norteamericana que te propone directamente hacer dinero explotando tus datos, como una fuente de ingresos, y ya no sólo de ahorro o de servicios gratis. 

De la banalidad a la venalidad de los datos

En unos momentos en que, debido a las redes sociales, se han banalizado los datos de carácter personal y se ha difuminado el propio concepto de privacidad (más común en el entorno anglosajón) o de intimidad (que es el preferido en la legislación española), parece que comienza una reacción: si quieren mis datos, que paguen por ellos.

Y es que, en los temas de protección de datos (de carácter personal), a veces nos olvidamos de que lo más importante es la libertad del titular de los mismos para hacer con ellos lo que quiera: reservárselos o compartirlos con quien quiera, cuando quiera y como quiera.

Y ello incluye tanto la gratuidad como la venalidad (posibilidad de ser vendidos). Los datos personales se pueden convertir así en una posible vía de financiación.

La clave: el consentimiento

Todo esto tiene una única condición: que el titular de los datos dé previamente su consentimiento (convenientemente informado) y que nadie los capte o utilice sin su consentimiento o abuse de dicho consentimiento.

Esto va a producir un cambio en el modelo tradicional de la protección de datos, porque, salvo que se trate de un menor de edad, no se puede proteger a alguien de sí mismo

Esto va a producir un cambio en el modelo tradicional de la protección de datos porque, salvo que se trate de un menor de edad, no se puede proteger a alguien de sí mismo. Sólo se pueden y deben perseguir las violaciones y abusos por los que se captan y utilizan datos personales sin el consentimiento de sus titulares, o abusando del mismo, en una “explotación” contra su voluntad.

Sin embargo, este planteamiento sigue ofreciendo dudas en el ámbito europeo, en el que la legislación sobre la protección de datos es especialmente restrictiva, impidiendo a las empresas europeas ofrecer ciertos servicios a sus ciudadanos, mientras que no puede impedírselo a empresas de fuera de Europa, por lo que éstas juegan con ventaja y aquéllos, al final, quedan más desprotegidos.

Intimidad y protección de datos

A veces nos olvidamos de que la protección de datos, si bien se ha configurado ya como un derecho independiente, tiene su origen en el derecho a la intimidad del artículo 18 de nuestra Constitución. Y la intimidad, personal y familiar, es un concepto tanto físico (el propio cuerpo o el domicilio) como moral o sentimental, o de determinados datos que se quieren reservar como secretos.

Pues bien, nuestro ordenamiento reconoce que el derecho a la intimidad física es un derecho fundamental de los ciudadanos, por el que pueden reservársela o compartirla con quien quieran, cuando quieran y como quieran: gratuitamente o a cambio de un precio o contraprestación, siempre que lo hagan voluntariamente y no sean explotados. 

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Y por eso, no es ilegal en España la prostitución voluntaria y sí el proxenetismo. Y tampoco es ilegal la industria pornográfica, en la que los actores intervienen voluntariamente y sí la pornografía infantil, en la que no cabe ese consentimiento.

Parece una tendencia imparable que los ciudadanos puedan explotar y obtener contraprestaciones de sus datos de carácter personal, como una extensión más de su intimidad y desarrollando así su contenido patrimonial

Y lo mismo puede decirse de la intimidad sentimental, que algunos venden en revistas y platós de TV a cambio, obviamente, de una cuantiosa remuneración en una especie de “prostitución o pornografía del alma”.

Del mismo modo, parece una tendencia imparable que los ciudadanos puedan explotar y obtener contraprestaciones de sus datos de carácter personal, como una extensión más de su intimidad y desarrollando así su contenido patrimonial, más allá de los derechos morales; como ya se hizo anteriormente con el derecho de propiedad intelectual y también con el derecho a la propia imagen.

Las legislaciones y autoridades de protección de datos no pueden impedir que los ciudadanos exhiban sus datos voluntariamente o que los compartan a cambio de una contraprestación. Deben perseguir -eso sí- las violaciones y los abusos.

“Prostitución” proviene del latín “pro + statuere”, que originariamente significaba “poner o colocar algo delante” (en la fachada de una tienda), “exponer en público una mercancía” y, en general, “poner algo en venta”.

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