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¿Crees que la información que manejan las Administraciones Públicas te pertenece?
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Borja Adsuara

Menos tecnología y más pedagogía

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¿Crees que la información que manejan las Administraciones Públicas te pertenece?

El Consejo de Ministros del viernes 24 de abril aprobó el Proyecto de Ley por la que se modifica la ley sobre reutilización de la información del sector público

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Información (1394) viene del latín “informare”: dar forma, describir, dibujar. En el sentido periodístico de “ser los ojos y oídos del público” y redactar y publicar noticias basadas en datos objetivos, frente a la opinión o la recreación literaria.

¿De quién es la informaciónque tienen las Administraciones Públicas?

El Consejo de Ministros del viernes24 de abrilaprobó y remitió a las Cortes el Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público.La “reutilización” se refiere al uso que pueden hacer personas físicas o jurídicas, con fines comerciales o no comerciales, de “documentos” (datos o información) en poder de las Administraciones y organismos públicos.

Como se dice en la Referencia del Consejo de Ministros,este Proyecto de Ley tiene como fin “incorporar las novedades al respecto que introduce la Directiva europea del 26 de junio de 2013”, que modifica la Directiva de 2003.

Destaca la extensión de la reutilización de información del sector público a tres tipos de instituciones culturales: bibliotecas, archivos y museos

“Entre las novedades que se introducen, en el Proyecto, destaca la extensión de la reutilización de información del sector público a tres tipos de instituciones culturales: bibliotecas, archivos y museos”.Pero, sobre todo, la principal novedad es pasar de una “autorización potestativa” a una “obligación inequívoca” para las Administraciones y organismos del sector público de autorizar la reutilización de los documentos.

Urgencia e importancia

El Consejo de Ministros solicitó al Congreso la tramitación parlamentaria por el procedimiento de urgencia, porque el plazo de incorporación de la Directiva vence el 18 de julio de este año.El Proyecto se publicó el 30 de abril, en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, acordando su aprobación, con competencia legislativa plena y por procedimiento de urgencia, a la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas.

Aunque no está claro si se llegará a aprobar la Ley antes del 18 de julio, es loable el intento del Gobierno de aprobarla en esta Legislatura, antes de la disolución de las Cortes, que haría que decayesen todas las iniciativas en tramitación.La Directiva de 2003 se tenía que haber incorporado en España en 2005, pero no se hizo hasta el 2007, con dos años de retraso. Esperemos que esta vez sí se cumpla el plazo previsto para la incorporación al derecho español.

Y es que se trata no sólo de un tema urgente, por el cumplimiento de los plazos europeos, sino de un tema importante, en el que tanto las Administraciones como las empresas del “sector infomediario” esperan un decidido -y decisivo- impulso.

Distinciones frente a confusiones

Una de las primeras cuestiones que provocan confusión en este tema es que se meta en el mismo saco distintos tipos de “información” o “documentos” que están sujetos a diferentes regímenes jurídicos.Aunque en la sociedad de la informacióno en el entorno digital todo contenido parece información, compuesta de datostraducibles a ceros y unos, no es lo mismo un dato (personal o no) que una obra (de propiedad intelectual).Y, de cara a la apertura y reutilización de esos documentos, no es lo mismo que se trate de datos de carácter personal o anonimizados, o de obras que estén sujetas a copyright, bajo licencia creative commonso en dominio público.

Una cosa es que el sector público la tenga, o que las administraciones públicas la administren, y otra muy distinta es que esa información 'sea' suya

Pero la confusión más importante, a mi juicio, radica en el propio título de la Ley, que no es culpa suya, sino de la Directiva de la que trae causa: “Reutilización de información del sector público”.Una cosa es que el sector público la tenga, o que las administraciones públicas la administren, y otra muy distinta es que esa información seasuya; en especial, los datos de carácter personal de los ciudadanos, que tiene y gestiona.

Las leyes no bastan

Los marcos regulatorios son importantes, pero no bastan por sí mismos para dar el impulso que se necesita y se reclama. Es necesario profundizar en iniciativas que se han puesto en marcha hace tiempo y que deben reforzarse.

Son destacablesel Proyecto Aporta y el portal datos.gob.es, que gestiona red.es en estrecha coordinación con las Secretarías de Estado de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, y Administraciones Públicas.Y, asimismo, el Foro de Colaboración Público-Privada, co-creado y co-presidido por ambos Ministerios, en el que participan las empresas del sector infomediario, con el que se vienen realizando, desde hace años, encuentros y estudios.

La Agencia Española de Protección de Datos (en la sesión anual abierta que se celebró el 21 de abril) anunció que está elaborando una Guía sobre la protección de los datos personales en la reutilización de la información del sector público, yla Secretaría de Estado de Cultura tiene mucho que decir sobre los fondos de Museos, Archivos y Bibliotecas, así como Radio Televisión Española sobre sus archivos sonoros y audiovisuales, y la Agencia EFE sobre sus noticias y fotos.

Conclusión

Quizá sería oportuno, en el marco de Ley, impulsar un órgano de asesoramiento, coordinación y fomento de la reutilización de la información del sector público, que garantice que se hace con toda la seguridad, jurídica y tecnológica.

Información (1394) viene del latín “informare”: dar forma, describir, dibujar. En el sentido periodístico de “ser los ojos y oídos del público” y redactar y publicar noticias basadas en datos objetivos, frente a la opinión o la recreación literaria.

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