Avalé a mi hermano y su mujer, ahora no pagan la hipoteca y el banco va a por mí

Soy avalista de la hipoteca de mi hermano y su mujer. Desde hace dos años tienen problemas con el pago y vengo recibiendo notificaciones del banco para que pague yo

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Soy avalista de la hipoteca de mi hermano y su mujer desde hace ocho años. Ambos son titulares de la misma. Desde hace dos años están teniendo problemas con el pago de la misma y vengo recibiendo notificaciones del banco para que pague yo, dado que ellos van pagando las letras pero con retraso. Hace un mes recibí una carta en la que me informan de que formo parte de un fichero de morosos. He hablado con ellos. Mi hermano está parado y sin ingresos y mi cuñada tiene nómina y trabajo fijo desde hace algunos años, pero se niega a domiciliar su nómina en la cuenta de la hipoteca, ya que la tiene en otro banco. ¿Puedo obligar de alguna manera a que mi cuñada domicilie su nómina en el banco donde tienen la hipoteca?, ¿por qué el banco hace esto conmigo y no con la titular de la hipoteca que tiene nómina?

En primer lugar, y para dar una opinión correcta y lo más exacta posible, lo primero que habría que hacer es estudiar detenidamente los términos en los que ha quedado redactado el aval, ya que no todos son iguales ni están redactados en los mismos términos.

Parece desprenderse de tu pregunta que nos encontramos ante un aval en el que respondes solidariamente, esto es, que lo haces en la misma manera y condiciones que tu hermano y cuñada.

Tus bienes presentes y futuros están afectos a dicha responsabilidad. Como tú sí tienes una cuenta en la misma entidad de crédito en la que está constituido el aval, les resulta más sencillo ir contra tu patrimonio que contra el de tu cuñada, que no tiene 'relación' con dicho banco.

En consecuencia, lo más sencillo sería comunicar a la entidad ejecutante el banco depositario de las nóminas de tu cuñada junto con el número de cuenta, dado que no puedes obligarla a domiciliar las nóminas en banco alguno.

Tasas de basura en un alquiler

Tengo un piso alquilado y el inquilino se niega a pagar las tasas de basura alegando que no tiene ninguna obligación y que no están incluidas en el contrato. ¿Es correcto?

Salvo determinadas cuestiones que deben someterse de manera imperativa a lo dispuesto en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), como regla general rige la voluntad de las partes a la hora de regular la relación entre el arrendador y el arrendatario.

Dicho esto, y respecto al pago de la tasa de basuras, acudimos a lo dispuesto en el artículo 20 de la meritada ley: “Las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario”.

Es decir, si no se recoge por contrato que las tasas sean de cuenta del arrendatario, estas deberán ser abonadas por ti en concepto de arrendador.

*Ignacio de Azúa Villalobos, socio de VAbogados, para idealista.com/news.

Si tiene alguna duda sobre la consulta resuelta y quiere más información, puede escribir un correo electrónico a: redaccion@idealista.com.

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En caso de divorcio ¿quién debe hacerse cargo del pago de la hipoteca? o, ¿puedo pagar una parte de la cuota mensual de la hipoteca sin miedo a que me embarguen la casa?

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