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He vendido una finca rústica y quiero repartir el dinero entre mis cincos hijos

Mi madre ha vendido una finca rústica y quiere repartir el dinero entre sus cincos hijos. La finca está ubicada en Andalucía, comunidad donde viven todos los hijos. ¿Qué impuestos se pagan?

He vendido una finca rústica y quiero repartir el dinero entre mis cincos hijos. (Foto: Elena Sanz)

Mi madre ha vendido una finca rústica y quiere repartir el dinero entre sus cincos hijos. La finca está ubicada en Andalucía, comunidad donde viven todos los hijos. A efectos fiscales, ¿qué impuestos se pagan?

En primer lugar, su madre tendrá que pagar por la venta de la finca, por la ganancia o pérdida patrimonial que se derive la venta de la finca, que tributará en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de su madre, en el ejercicio en el que se produzca la transmisión. Al ser una finca rustica, dicha venta no está gravada por el Impuesto Municipal del Incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía).

Con respecto a la donación del dinero obtenido de la venta de la finca, este tributará por el Impuesto de Donaciones y Sucesiones siendo el sujeto pasivo de dicho impuesto y los hijos, cada uno, por el importe que reciban.

Al vivir los cinco hijos en Andalucía, se deberá liquidar ese impuesto ante la Consejería de Hacienda de la Junta de Andalucía, siéndole de aplicación la normativa especial relativa a dicho impuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía. En dicha comunidad, al contrario que en otras, no existe bonificación para las donaciones entre padres e hijos, por lo que dichas donaciones irían al régimen general del impuesto.

Solo se contemplan dos casos en los que sí existiría una bonificación. En primer lugar, que las cantidades recibidas vía donación se destinaran a la adquisición de una primera vivienda habitual y cumpliendo los requisitos que se detallan a continuación. Y en segundo lugar, que las cantidades recibidas vía donación se destinen a la constitución o ampliación de una empresa individual o negocio profesional con domicilio en Andalucía, con los requisitos que se detallan a continuación.

Reducción autonómica del 99% de las cantidades donadas a descendientes para la adquisición de la primera vivienda habitual. Base máxima de reducción: 120.000, para menores de 35 años; 180.000, para personas con discapacidad, con un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

Reducción autonómica del 99% de las cantidades donadas a parientes para la constitución o ampliación de una empresa individual o negocio profesional con domicilio en Andalucía. Base máxima de reducción: 120.000; 180.000, para personas con discapacidad, con un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

Comprar casa al contado o mediante hipoteca

Estoy interesado en comprar una vivienda y mi duda es si pagarla al contado o bien pedir una parte de hipoteca. ¿Cuál sería la mejor opción?

Evidentemente, desde el punto de vista financiero, la mejor opción es pagar la vivienda al contado, ya que de esta forma se evitará los gastos financieros y los inherentes a la constitución de la hipoteca.

En el ámbito fiscal, ahora mismo da igual, ya que las compras de primera residencia efectuadas del 01/01/2013 en adelante, no se pueden deducir cantidad alguna en el IRPF. Ya no hay ventajas fiscales por la compra de vivienda.

*Ignacio Para Mata, socio de VAbogados y director de red de despachos, para idealista.com/news.

Si tiene alguna duda sobre la consulta resuelta y quiere más información, puede escribir un correo electrónico a: redaccion@idealista.com.

Puede enviar sus dudas al consultorio en este enlace.

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