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Consultorio Inmobiliario

Me divorcié el año pasado, ¿cómo debo declarar la casa y la hipoteca?

Me divorcié el año pasado y me gustaría saber cómo debo incluir en la declaración de la renta la hipoteca, así como la vivienda que compré con mi exmujer

Foto: iStockphoto.

Me divorcié el año pasado y me gustaría saber cómo debo declarar la hipoteca, así como la vivienda.

Para responder a la pregunta, habría que saber si la vivienda es donde vive usted o si por el contrario vive su exmujer, y además si la misma es la vivienda de sus hijos en el caso de que los tenga. Por otro lado, sería necesario saber si la hipoteca la paga usted o su exmujer, o ambos, en cuyo caso habría que saber en qué porcentaje.

Dicho esto, en primer lugar y siempre que la hipoteca sea anterior al 1 de enero de 2013 y venga deduciéndose la hipoteca en su declaración de la renta, ahora que se ha divorciado puede seguir deduciéndose dicho gasto, en función de que dicha vivienda sea la vivienda habitual de sus hijos y en proporción a lo que ahora pague de la hipoteca.

Con respecto a la vivienda, no existe ninguna deducción. La deducción es con respecto a la hipoteca. A la hora de declarar la vivienda, dependerá de que viva o no en la misma. En caso de que no resida en ella, deberá declararla como una segunda vivienda en la declaración de la renta.


Heredar una vivienda

¿Hay algún tipo de bonificación si la casa que heredo es mi vivienda habitual?

La posible bonificación por vivienda habitual en el impuesto de sucesiones y donaciones es solo para el caso de que la vivienda habitual lo sea del causante. En el supuesto que usted plantea, podría darse el caso de que la vivienda sea la habitual tanto de usted como del causante, en cuyo caso sí que habría bonificación en el impuesto de sucesiones y donaciones.

Recibir una vivienda habitual por herencia tiene una reducción por ley del 95% en la base imponible sobre la que se calcula dicho impuesto, hasta un importe máximo de 122.606 euros. No obstante, las comunidades autónomas pueden, a su vez, aumentar este porcentaje, modificar el límite y aplicar bonificaciones a la cuota que salga a pagar.

*Ignacio Para Mata, socio de Lean Abogados.

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