Loading...
Comentarios

-

Ha habido un error al recuperar los mensajes
Cargando mensajes...
Ha habido un error al recuperar los mensajes
Es noticia
  1. Vivienda
  2. Consultorio Inmobiliario

Consultorio Inmobiliario

El año pasado alquilé mi piso a una pareja, ¿cómo lo tengo que declarar?

El año pasado alquilé mi piso a una pareja. ¿Qué datos me va a pedir Hacienda?, ¿cómo tengo que declarar los ingresos del alquiler?

El año pasado alquilé mi piso a una pareja, ¿cómo lo tengo que declarar? (iStock)

El año pasado alquilé mi piso a una pareja. ¿Qué datos me va a pedir Hacienda?, ¿cómo lo tengo que declarar?

Los ingresos procedentes del alquiler de un inmueble constituyen para el arrendador un rendimiento de capital inmobiliario, y por tanto deben incluirse en la declaración de la renta, tal y como indica el artículo 22.1 de la Ley del IRPF: “Tendrán la consideración de rendimientos íntegros procedentes de la titularidad de bienes inmuebles rústicos y urbanos o de derechos reales que recaigan sobre ellos, todos los que se deriven del arrendamiento o de la constitución o cesión de derechos o facultades de uso o disfrute sobre aquellos, cualquiera que sea su denominación o naturaleza”.

Para cuantificar este rendimiento, se deben restar de los ingresos los gastos deducibles y aplicar sobre la cantidad resultante, en los casos en los que se pueda, las consecuentes reducciones.

Solo en el caso de que el arrendamiento se realice como actividad económica, las cantidades obtenidas no tendrían la consideración de rendimiento de capital inmobiliario, ya que supondrían una actividad económica que debería ser declarada en su espacio específico (esto es cuando exista, por lo menos, una persona empleada con contrato laboral y a jornada completa para el desempeño de dicha gestión).

A la hora de hacer la declaración de la renta, a fin de poder cumplimentar el apartado relativo a los rendimientos de capital inmobiliario, se deberá indicar el porcentaje de propiedad o de usufructo que se tenga sobre el inmueble arrendado, así como la dirección del inmueble, su referencia catastral y la renta inmobiliaria imputada.

En conclusión, el arrendamiento de un inmueble es una actividad que debe hacerse constar en la declaración de la renta como rendimiento de capital inmobiliario, y para ello es necesario indicar los datos relativos al inmueble arrendado, así como al arrendamiento de este.

*Antonio Morell de Meer, abogado de Lean Abogados.

Ver comentarios
Declaración de la Renta Arrendador IRPF Usufructo Arrendatario Contrato de arrendamiento