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Viví doce años en mi casa y luego la alquilé, ¿pierde la condición de vivienda habitual?

Para que una vivienda sea considerada vivienda habitual hay que residir en ella tres años, pero no sé si son los últimos tres años. En mi caso, tuve que irme a residir al extranjero

Viví doce años en mi casa y luego la alquilé, ¿pierde la condición de vivienda habitual? (iStock)

Para que una vivienda sea considerada vivienda habitual hay que residir en ella tres años, pero no sé si son los últimos tres años. En mi caso, tuve que irme a residir al extranjero por motivos laborales hace seis y he tenido alquilada mi vivienda durante ese tiempo. Ahora, vuelvo a España y a mi casa. ¿Tengo que volver a pasar tres años para que sea vivienda habitual o cuentan los 12 años que fue mi vivienda habitual?

De acuerdo con la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se considera vivienda habitual aquella en la que el contribuyente resida durante un plazo continuado de tres años.

No obstante, se entenderá que la vivienda tuvo el carácter de habitual, cuando, a pesar de no haber transcurrido dicho plazo, se produzca el fallecimiento del contribuyente o concurran otras circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio, tales como celebración de matrimonio, separación matrimonial, traslado laboral, obtención de primer empleo o cambio de empleo u otras análogas justificadas.

En el presente caso, al dejar de vivir en la vivienda y alquilarla, ha perdido la condición de vivienda habitual desde el momento en que el inmueble dejó de constituir su residencia continuada.

No obstante, el inmueble volverá a adquirir la condición de vivienda habitual a partir del momento en que la vivienda vuelva a constituir su residencia con la intención de habitarla de manera efectiva y con carácter permanente durante, al menos, tres años contados desde el momento en que regresó a España.

*Beatriz Setién Fernández, abogada de Lean Abogados.

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