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¿Puedo reclamar por el IRPH en el caso de una vivienda protegida?

Nuestra hipoteca es de una vivienda VPO comprada en 2004 y es de un plan vivienda. ¿Tengo alguna posibilidad de recuperar mi dinero si reclamo el IRPH?

¿Puedo reclamar por el IRPH en el caso de una vivienda protegida? (Ilustración: Raúl Arias)

Mi marido y yo tenemos una hipoteca IRPH. Nuestra hipoteca es de una vivienda VPO comprada en 2004 y es de un plan vivienda. He leído que estas hipotecas quedan en el limbo. ¿Tengo alguna posibilidad de recuperar mi dinero si reclamo el IRPH?

Si ustedes tienen una hipoteca referenciada al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) y quieren recuperar su dinero, pueden hacerlo. Esto es así porque el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dio la razón a los consumidores afectados por hipotecas con cláusula IRPH al sentenciar el pasado 3 de marzo que los jueces españoles deben controlar si estas fueron comercializadas de forma abusiva por los bancos.

De esta forma, cuando se considere que hubo un abuso, el juez nacional podrá sustituir el IRPH por otro índice legal, lo que significa que todo el dinero que ustedes han pagado de más por culpa del IRPH a lo largo de la vida de su hipoteca les tendrá que ser devuelto.

La sentencia del TJUE ha establecido que los tribunales nacionales están obligados a “examinar el carácter claro y comprensible” de las cláusulas que fijaron el tipo de interés de las hipotecas con IRPH.

Para que esta cláusula se considere transparente, no solo tiene que ser comprensible desde el punto de vista “formal y gramatical”, sino permitir que un consumidor “medio” entienda cómo funciona el método de cálculo del tipo de interés y sus consecuencias económicas.

La realidad es que los bancos solo han cumplido con ese deber de transparencia en muy contadas ocasiones. Por lo tanto, lo natural es que en sede judicial el juez anule la cláusula IRPH y ordene la devolución de las cantidades cobradas de más por el banco a sus clientes. Por todo ello, ustedes tienen posibilidades de recuperar su dinero y, para ello, nos encontramos con varias opciones, una es la solución extrajudicial.

Por esta vía, se puede intentar entablar una negociación con el banco para alcanzar un acuerdo que no pase por los tribunales. Sin embargo, las entidades financieras no suelen contestar a esta solicitud y, cuando lo hacen, suele ser por cuantía inferior a la que usted tiene derecho.

Y, por tanto, la mejor solución es la reclamación judicial, donde se solicita la nulidad de la cláusula en la que se incluye como índice de referencia el IRPH, su eliminación y, en consecuencia, la aplicación del tipo pactado que lo sustituya, así como la reintegración de las cantidades abonadas desde la constitución del préstamo hipotecario aplicando el índice de referencia establecido.

*Beatriz Setién Fernández, abogada de Lean Abogados.

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