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¿En qué fase de la desescalada se podrán realizar mudanzas dentro de tu ciudad?

¿En qué fase de la desescalada se podrán realizar mudanzas dentro de tu propia ciudad?, ¿se puede firmar un contrato de alquiler estando en estado de alarma?

¿En qué fase de la desescalada se podrán realizar mudanzas dentro de tu ciudad? (iStock)

¿En qué fase de la desescalada se podrán realizar mudanzas dentro de tu propia ciudad?, ¿se puede firmar un contrato de alquiler estando en estado de alarma?

Desde que comenzó la crisis sanitaria ocasionada por el covid-19, se han limitado mucho los movimientos de las personas en nuestro país para reducir el número de contagios de esta pandemia. En el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, en cuyo anexo se establecen aquellas excepciones relacionadas con las actividades laborales "esenciales", figuran algunas como las que tienen que ver con el suministro de bienes de primera necesidad, la seguridad ciudadana o la asistencia sanitaria; y, en el mismo anexo, se contempla que podrán seguir desempeñando sus funciones las empresas que "realizan los servicios de transporte, tanto de personas como de mercancías, que se continúen desarrollando desde la declaración del estado de alarma".

Podemos entender, por tanto, incluidas en este apartado las empresas de mudanza. Por ello, en principio, el transporte de mercancías, donde están incluidas las mudanzas, no estaría prohibido durante el estado de alarma (así fue corroborado por la Confederación Española de Transporte de Mercancías, la cual confirmó que tienen la autorización plena para poder realizar dichas mudanzas siempre y cuando se lleven a cabo con las medidas estrictas de seguridad).

Ahora bien, siguen existiendo dudas sobre si es posible llevar a cabo una mudanza en supuestos en los que la misma no tengan carácter urgente; debido a esta incertidumbre, nuestro consejo es no aventurarse a realizar una mudanza salvo cuando sea la única opción posible y siempre acreditando esta necesidad.

Lo más recomendable es contratar una empresa especializada que realice la mudanza, y si esto no fuera posible, cumplir las condiciones de seguridad: utilizar guantes, uso obligatorio de mascarillas y desinfección del vehículo, para evitar la propagación del virus.

Además, en todo momento, llevar a mano la documentación que acredite la ejecución de la mudanza, como el contrato de arrendamiento, el justificante de desplazamiento o cualquier otra información que justifique adecuadamente esa mudanza.

En cuanto a la firma de contrato de alquiler, está permitido alquilar una vivienda durante el estado de alarma, pues es de primera necesidad. Además, se está intentando dar todo tipo de facilidades a inquilinos y propietarios para realizar la gestión de manera efectiva, sin complicaciones.

En el caso de que haya interés por ambas partes, se procederá a la entrega de la documentación por parte del inquilino y la firma del contrato deberá realizarse de manera telemática para evitar el contacto físico entre las partes. Una vez firmado el contrato, el inquilino recibe las llaves por mensajería y podrá entrar en su nueva vivienda cuando finalice el estado de alarma.

*Beatriz Setién Fernández, abogada de Lean Abogados.

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