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Somos menores de 65 y con minusvalía, si vendemos para comprar, ¿qué IVA pagamos?

Mi marido y yo tenemos 64 años y una minusvalía de 33% y 75% respectivamente. Hemos vendido la vivienda habitual para comprar otra que se adapte a nuestras necesidades

Somos mayores de 65 y con minusvalía, se vendemos para comprar, ¿qué IVA pagamos? (iStock)

Mi marido y yo tenemos 64 años y tenemos acreditada una minusvalía de 33% y 75% respectivamente. Hemos vendido la vivienda habitual para comprar otra que se adapte a nuestras necesidades. La vivienda que vamos a comprar es de obra nueva y quiero saber qué tipo de IVA pagaríamos, si el 10% o el 4%. Nuestra comunidad es Castilla y León.

Al tratarse de la adquisición de una vivienda de obra nueva, ustedes adquirirían el inmueble directamente del promotor de modo que dicha adquisición estaría sujeta al impuesto sobre el valor añadido (IVA).

Con carácter general, el tipo de gravamen aplicable en concepto de IVA en la adquisición de viviendas de obra nueva, es el 10%. En la actualidad, solo existe un tipo, denominado “superreducido” de IVA aplicable a la adquisición de viviendas que se encuentren calificadas como Viviendas de Protección Oficial (VPO), el cual sería de un 4%.

Consideramos importante que conozca que respecto a la adquisición de este tipo de viviendas existe una reserva a favor a de las personas con discapacidad. Por tanto, en la actualidad no existe un tipo reducido de IVA aplicable a las personas con discapacidad, de modo que, si la vivienda que ustedes van a adquirir es de promoción libre, la adquisición de la misma estará sujeta a la aplicación de un tipo de gravamen del 10% en concepto de IVA.

En cambio, si la vivienda que ustedes quieren adquirir estuviese calificada como Vivienda de Protección Oficial (VPO), además de existir una reserva de las mismas a favor de las personas con discapacidad, esta adquisición estará sujeta al tipo de IVA “superreducido” del 4%.

*Beatriz Herrera del Campo, abogada de Lean Abogados.

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