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En caso de discapacidad del 65%, ¿hay que declarar la venta de un piso heredado?

Tengo una hermana que tiene reconocido el 65% de discapacidad. En 2020 vendimos un piso heredado. ¿Le corresponde a mi hermana declarar las ganancias de la venta?

En caso de discapacidad del 65%, ¿hay que declarar la venta de un piso heredado? (Foto: iStock)

Tengo una hermana que tiene reconocido el 65% de discapacidad. En 2020 vendimos un piso que heredamos en 2003. Somos cuatro hermanos. ¿Le corresponde a mi hermana declarar las ganancias de la venta?

La venta de una vivienda estará gravada en el IRPF por la ganancia patrimonial y también deberá pagar el impuesto de plusvalía municipal.

Existen una serie de excepciones a la norma general por las que no tendrán que tributar en el IRPF, como, por ejemplo, la reinversión en vivienda habitual, según lo establecido en el artículo 38 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los impuestos sobre sociedades, sobre la renta de no residentes y sobre el patrimonio; y la venta realizada por mayores de 65 años o personas en situación de dependencia severa o gran dependencia.

De acuerdo al artículo 33.4 de la ley anteriormente indicada, “estarán exentas del impuesto las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de su vivienda habitual por mayores de 65 años o por personas en situación de dependencia severa o de gran dependencia de conformidad con la ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia”. Sin embargo, en este caso, no se vende una vivienda habitual del discapacitado, sino una heredada en la que el discapacitado no vive habitualmente, por lo que no se podrán aplicar las excepciones del artículo 38 y 33.4 de la Ley del IRPF y su hermana deberá declarar las ganancias de la venta en su declaración de la renta.

*Sara Espada y Ángel Romero, abogados de Lean Abogados.

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