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¿La limitación temporal los alquileres afecta a los contratos de renta antigua?

¿La limitación temporal de actualización de las rentas de los alquileres afectaría a los contratos de alquiler de renta antigua?

¿La limitación temporal los alquileres afecta a los contratos de renta antigua? (iStock)

¿La limitación temporal de actualización de las rentas de alquiler afecta a los contratos de renta antigua?

El Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, establecía que en el caso de que el arrendador no fuera un gran tenedor, el incremento de la renta se pactaría entre las partes del contrato y, en ausencia de este acuerdo entre las partes, el incremento de la renta no podría exceder del resultado de aplicar la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad (y no el IPC, como viene siendo habitual) a fecha de actualización de la renta según contrato, tomando como mes de referencia el anterior a la actualización.

En un primer momento, esta medida sobre la actualización al alza de las rentas estaba pensada para aquellos contratos que cumplieran la anualidad entre el 29 de marzo al 30 de junio de 2022.

Sin embargo, y debido a coyuntura socioeconómica, el Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, prorrogó la medida a aquellos contratos que debieran actualizarse hasta el 31 de diciembre de 2022. Recientemente, se ha vuelto a prorrogar hasta el 30 de junio de 2023.

Pese a ello, los contratos de arrendamiento de vivienda celebrados antes del 9 de mayo de 1985, comúnmente denominados de renta antigua, que continúen vigentes se siguen rigiendo por las normas relativas al contrato de inquilinato del texto refundido de la Ley de 3 Arrendamientos Urbanos de 1964.

Una de las notas características de estos contratos es que tienen un marco económico diferente a los contratos de arrendamiento más recientes, con una renta muy por debajo del mercado actual.

Por tanto, aunque pudiera parecer que, según su dicción literal, los contratos de renta antigua quedan exonerados de esa limitación en la actualización de la renta, los mismos siguen rigiéndose por su normativa.

La actual limitación únicamente está prevista para los contratos de arrendamiento de vivienda sujetos a la Ley 29/1994, de 24 de noviembre. En consecuencia, la mejor opción para las partes del contrato es llegar a un acuerdo en cuanto a la limitación de la actualización de la renta, con independencia de si el contrato es de renta antigua o se encuentra sometido a la LAU.

*Sonsoles Martínez González, abogada de Lean Abogados.

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