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¿Cuánto puedo subir el alquiler en 2023 a un contrato de renta antigua?

¿Cuánto puedo subir la renta en 2023 para un alquiler cuyo contrato de arrendamiento se realizó en el año 1972? Su renta en 2022 ha sido de 315,84 euros y se ha ido actualizando

¿Cuánto puedo subir el alquiler en 2023 a un contrato de renta antigua? (iStock)

¿Cuánto puedo subir la renta en 2023 para un alquiler cuyo contrato de arrendamiento se realizó en el año 1972? Su renta en 2022 ha sido de 315,84 euros y se ha ido actualizando con el IPC.

La actualización de la renta de los inmuebles de renta antigua (los inmuebles sujetos a un contrato de arrendamiento suscrito antes de 1985) se encuentra regulada en la disposición transitoria segunda de la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos, concretamente en el apartado número 11, el cual dispone de lo siguiente: “La renta del contrato podrá ser actualizada a instancia del arrendador previo requerimiento fehaciente al arrendatario. Este requerimiento podrá ser realizado en la fecha en que, a partir de la entrada en vigor de la ley, se cumpla una anualidad de vigencia del contrato. Efectuado dicho requerimiento, en cada uno de los años en que aplique esta actualización, el arrendador deberá notificar al arrendatario el importe de la actualización, acompañando certificación del Instituto Nacional de Estadística expresiva de los índices determinantes de la cantidad notificada”.

Continuando con esta norma, la DT.11.1º es la que establece con base en qué parámetros deberá actualizarse dicha renta: “La renta pactada inicialmente en el contrato que dio origen al arrendamiento deberá mantener, durante cada una de las anualidades en que se desarrolle la actualización, con la renta actualizada, la misma proporción que el Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios de Consumo o que el Índice General Nacional o Índice General Urbano del Sistema de Índices de Costes de la Vida del mes anterior a la fecha del contrato con respecto al Índice correspondiente al mes anterior a la fecha de actualización”.

Como vemos, efectivamente, la renta podrá actualizarse cada año y conforme a la actualización del sistema de índices de precio de consumo, entre otros índices.

De acuerdo con la tasa de variación actual del IPC, la subida de la renta sería del 5,7%. Sin embargo, el Gobierno aprobó el año pasado una serie de medidas para frenar la recesión económica causada por la pandemia del covid-19 y la guerra surgida en Ucrania, y que ha golpeado a toda la Unión Europea.

Dentro de estas medidas se encuentra la limitación de la actualización del IPC al 2% en los contratos de arrendamientos de vivienda, medida que en principio tan solo iba a perdurar durante el año 2022, pero el Gobierno acordó su prórroga durante este año 2023.

Por lo tanto, la renta mensual del año 2023 podrá subir un 2% respecto al año pasado.

*Alfonso Martín Palomino, abogado de Lean Abogados.

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