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Quiero donar a mi hijo 25.000 euros para ayudarle con la hipoteca

Quiero donar a mi hijo 25.000 euros para hacer una aportación a la hipoteca. Según está subiendo el euríbor, le es casi imposible pagar la cuota mensual

Quiero donar a mi hijo 25.000 euros para ayudarle con la hipoteca. (iStock)

Quiero donar a mi hijo 25.000 euros para hacer una aportación a la hipoteca. Le quedan por pagar al banco 170.000 euros a tipo variable y, según está subiendo, le es casi imposible pagar la cuota mensual. ¿Qué pasos tendría que seguir para donar ese dinero y que nos cueste lo menos posible?

La donación, de acuerdo con el artículo 618 del Código Civil, se trata de “un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta”.

Continuando con los términos básicos, se encuentran legitimadas para realizar donaciones todas las personas que puedan contratar y disponer libremente de sus bienes, y podrán aceptarla todos los que no estén especialmente incapacitados por la ley, de acuerdo con los artículos 624 y 625 del Código Civil, respectivamente.

Sin embargo, la donación es una operación sujeta a gravamen en el sistema fiscal de nuestro país, siendo el obligado a pagar el impuesto el beneficiario de la donación, también conocido como donatario o aceptante.

No obstante, se trata de un impuesto susceptible de regulación por las comunidades autónomas, por lo que hemos de atender a la ley de la comunidad autónoma en la que su hijo resida para ver cuánto ha de tributar por la donación realizada.

Las donaciones de ascendientes a descendientes suelen recibir una considerable bonificación en un gran número de comunidades autónomas, lo que quiere decir que se tributará menos respecto a la cuota establecida por el Estado con base en la cantidad donada.

Así pues, atendiendo a estas bonificaciones, por ejemplo, en Cantabria se establece una bonificación del 100%, por lo que no habrá que tributar por la donación, así como en Madrid, Andalucía, Castilla y León o Murcia, la bonificación es del 99%, tributando tan solo un 1%; en Castilla-La Mancha es del 95% y en otras regiones como Cataluña o Galicia se establecen unas tarifas para donaciones entre parientes cercanos del 5% y del 9%, respectivamente.

En conclusión, el gravamen económico que supondrá la donación dependerá del lugar del domicilio de su hijo, pudiendo tributar una cantidad realmente reducida por la donación recibida.

*Álvaro Bárez de la Malla, abogado de Lean Abogados.

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Donaciones Impuesto de Sucesiones y Donaciones