Loading...
Comentarios

-

Ha habido un error al recuperar los mensajes
Cargando mensajes...
Ha habido un error al recuperar los mensajes
Es noticia
  1. Vivienda
  2. Consultorio Inmobiliario

Consultorio Inmobiliario

Alquilo una casa desde 2005 y vence en 2024, ¿pueden aumentarme la renta?

Alquilo una casa desde 2005 y el último contrato me vence en el año 2024, ¿pueden aumentarme la renta?, ¿cuánto si hoy pago 500 euros?

Alquilo una casa desde 2005 y vence en 2024, ¿pueden aumentarme la renta? (iStock)

Alquilo una casa desde 2005 y el último contrato me vence en el año 2024, ¿pueden aumentarme la renta?, ¿cuánto si hoy pago 500 euros?

En primer lugar, cabe decir que la actualización de la renta en nuestro ordenamiento jurídico es totalmente legítima, pudiendo realizarse dicha actualización de forma anual.

Esto se encuentra previsto por la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, concretamente en el apartado número 11 de su disposición transitoria segunda: “La renta del contrato podrá ser actualizada a instancia del arrendador, previo requerimiento fehaciente al arrendatario. Este requerimiento podrá ser realizado en la fecha en que, a partir de la entrada en vigor de la ley, se cumpla una anualidad de vigencia del contrato. Efectuado dicho requerimiento, en cada uno de los años en que aplique esta actualización, el arrendador deberá notificar al arrendatario el importe de la actualización, acompañando certificación del Instituto Nacional de Estadística expresiva de los índices determinantes de la cantidad notificada”.

Así pues, la forma en la que ha de actualizarse dicha renta se encuentra dispuesta en la DT 2ª.11.1ª de la ley anteriormente mencionada: “La renta pactada inicialmente en el contrato que dio origen al arrendamiento deberá mantener, durante cada una de las anualidades en que se desarrolle la actualización, con la renta actualizada, la misma proporción que el Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios de Consumo o que el Índice General Nacional o Índice General Urbano del Sistema de Índices de Costes de la Vida del mes anterior a la fecha del contrato con respecto al índice correspondiente al mes anterior a la fecha de actualización”.

Lo que nos indica este precepto es que la renta se actualizará en proporción a la actualización del IPC. Sin embargo, si el contrato de alquiler vence el próximo año y ya se ha actualizado la renta en 2023, si usted no está interesado en renovar dicho contrato, el arrendador no podrá aumentarle la renta.

Sin embargo, si tanto usted como el dueño están interesados en continuar con el alquiler, habrá que atender a la variación del IPC en 2024.

La última actualización, de febrero de 2023, nos da una variación del 6%, por lo que en principio la renta aumentaría hasta los 530 euros. Sin embargo, el Gobierno aprobó el año pasado una serie de medidas para frenar la recesión económica causada por la pandemia del covid-19 y la guerra surgida en Ucrania y que ha golpeado a toda la Unión Europea.

Dentro de estas medidas, se encuentra la limitación de la actualización del IPC al 2% en los contratos de arrendamiento de vivienda, medida que en principio tan solo iba a perdurar durante el año 2022, pero el Gobierno acordó su prórroga durante este año 2023.

Por lo tanto, en caso de que el Gobierno de España decida continuar con la vigencia de dichas medidas el próximo año, la renta mensual tan solo podrá aumentar hasta un máximo del 2%, es decir, pagará un máximo de 510 euros.

*Álvaro Bárez de la Malla, abogado de Lean Abogados.

Ver comentarios
Alquiler precio Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) Contrato de arrendamiento Arrendador Arrendatario