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Tenemos problemas por fiestas en un piso de alquiler, pero el dueño no hace nada

Tenemos problemas por ruidos, molestias y fiestas en un piso de alquiler. Hemos cursado aviso de dichas molestias al propietario, pero no hace nada

Tenemos problemas por fiestas en un piso de alquiler, pero el dueño no hace nada. (iStock)

Tenemos problemas por ruidos, molestias y fiestas en un piso de alquiler. Hemos cursado aviso de dichas molestias al propietario. Si ni cesan las molestias, ¿ante quién podemos cursar denuncia?

Primeramente, además de haber informado al propietario del piso arrendado del que proceden los ruidos, si estos no cesan, ya sea porque el propietario no ha tomado medidas o porque los inquilinos han hecho caso omiso, recomendaría solicitar por escrito directamente a los propios inquilinos el cumplimiento de la ordenanza municipal aplicable reguladora de los niveles de ruido en función del horario, dependiendo de la región en la que se encuentren.

En este sentido, ciudades como Sevilla, Zaragoza o Valencia tienen el límite máximo de decibelios permitido para zonas residenciales más alto que otras como Madrid o Barcelona.

Asimismo, y de manera paralela, antes de acudir a vías más contundentes y persuasivas, podría resultar conveniente, en atención del artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), poner en conocimiento del presidente de la comunidad de propietarios estos hechos, a fin de que formalmente se les exigiera por escrito, de nuevo, el cumplimiento de la normativa de ruido, con las inherentes consecuencias derivadas de no atenderse.

Conforme a lo anterior, el presidente tiene la capacidad de convocar una junta para votar y aprobar la presentación de una demanda contra el/los inquilino/s, pudiendo solicitar en la misma una indemnización por los perjuicios causados para los afectados.

De no resultar satisfactoria la vía anterior, la próxima vez que hubiera, por ejemplo, una fiesta a horas intempestivas con música alta, golpes, etc., no restaría sino dar aviso a la policía municipal, a fin de que acudieran al inmueble a medir los niveles de ruido, identificar a los arrendatarios y cursar la denuncia correspondiente, ya que, si se superara el límite de ruido, serían sancionados en vía administrativa.

*Álvaro Fernández Baert, abogado de Lean Abogados.

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